Por lo anteriormente expuesto este Tribunal Militar Noveno de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, y de conformidad con los artículos 239 y 242 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir conforme a los siguientes términos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Ministerio Público Militar de imponer medidas cautelares sustitutivas a la privativa de libertad a favor del ciudadano EX INGENIERO DE COMBATE LUÍS JOSÉ URDANETA ARIAS, titular de la cédula de identidad V.25.690.754, a quien el Ministerio Público Militar le sigue investigación penal militar por estar incurso en la presunta comisión del delito militar de DESERCIÓN, tipificado en el artículo 523, en concordancia con el numeral 1º del artículo 527 y sancionado en el artículo 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud realizada por el Defensor Público Militar, con fundamento de lo.....