En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL
DÉCIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS,
administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad
de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE en razón del TERRITORIO para conocer la
solicitud de DIVORCIO fundamentada en las Sentencias Nos. 1070 y 136 de fechas
09/12/2016 y 30/03/2017, emanadas de la Sala Constitucional y Sala de Casación del
Tribunal Supremo de Justicia, presentada por la ciudadana LEIDA MERCEDES PORRAS
DE MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.418.847
contraído con el ciudadano TEODALDO RAMÓN MOLINA, venezolano, mayor de edad y
titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.992.614.
SEGUNDO: Se declina la competencia para el conocimiento de la presente solicitud en los
Tribunales de Municipio Ord.....