DISPOSITIVA
Por tanto, de conformidad con los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en Mérida, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud efectuada por el CAP. RENEE A. MORA GUERRERO, Fiscal Militar Auxiliar Trigésimo Cuarto de Mérida, el SM/1RA JOSÉ ARCENIO PEÑA ALIZO, Defensor Público Militar de Mérida, en consecuencia se amplía el régimen de pruebas por un plazo de seis (06) meses, en tal sentido deberá cumplir con las siguientes condiciones: 1- Deberá realizar labores de mantenimiento en la Unidad Educativa "Siso Martínez, ubicada en el estado Trujillo, dos (02) horas semanales, para un total de ocho (08) horas mensuales, siendo en definitiva cuarenta y ocho (48) horas, de labor comunitaria, y una vez concluida dicha labor deberá consignar una constancia del cumplimiento de la misma. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo.....