Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO seguido al ciudadano Teniente (EJ) Omar Gabriel Marín Gómez, titular de la cédula de identidad Nº 13.426.898, plenamente identificado en autos, por reunir los requisitos exigidos para su procedencia conforme a los artículos 42 y 43 del Código Orgánico Procesal Penal, incurso en la comisión del Delito Militar de Insubordinación, previsto y sancionado en el artículo 512 numeral 2 y artículo 515 numeral 3 del Código Orgánico de Justicia Militar, en consecuencia el precitado imputado queda en libertad. Asimismo, se fija como Plazo de Régimen de Prueba Dieciocho (18) meses contados a partir de la presente fecha. En virtud de ello, se imponen las siguientes condiciones: PRIMERA: Presentación cada quince (15) días ante este Tribunal Militar. SEGUN.....