Por las razones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL MILITAR UNDECIMO DE CONTROL CON SEDE EN SAN CRISTOBAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: SE REVOCA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, dictada por este Tribunal Militar en fecha 23 de Abril de 2015, al Ciudadano SARGENTO PRIMERO DIAZ ARIAS DARWIN ALEXANDER, titular de la cédula de identidad N° V-18.393.384, quien es plaza del 205 Grupo de Artillería de Campaña "G/J Joaquín Crespo", para el momento en que ocurrieron los hechos, por incumplimiento del Régimen de Prueba, de conformidad con lo establecido en el Articulo 47 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: SE REANUDA EL PROCESO, seguida al Ciudadano SARGENTO PRIMERO DIAZ ARIAS DARWIN ALEXANDER, titular de la cédula de identidad N° V-18.393.384, quien es plaza del 205 Grupo de Artillería de Campaña "G/J Joaquín Crespo", para el momento en que ocurrieron los hechos por la comisión del del.....