Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, DECLARA:
1.- La Nulidad Absoluta del trámite procesal dado por el Tribunal a quo al recurso de apelación planteado por los abogados Alberto Arteaga Gouverneur, Luis Enrique Ortega Ruiz e Iris García Añez, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano Fabio Guerrieri Esnaola, en contra de la decisión dictada el 16 de Diciembre de 2008, y de todos los actos conexos, tal nulidad abarca desde los emplazamientos del 19 de febrero de 2009, dirigidos a los ciudadanos Omaira Ramírez Romero, en su condición de Fiscal Cuadragésima Octava (48°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas y a los profesionales del derecho Rafael Quiñones Urbáez, Rafael Quiñones Subero y Roberto Taricani Lozada, quedando a salvo la presente decisión, de.....