DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre
de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de
la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado DAVID AZOCAR GOLPASIN, en su condición de apoderado judicial del ciudadano DANTE ABELLI SPAGGIARI, contra el auto de fecha 15 de diciembre de 2008 dictado por el Tribunal de la causa que negó la solicitud realizada en fecha 21 de octubre de 2008, incidencia surgida con ocasión al juicio de DESALOJO seguido por el ciudadano DANTE ABELLI SPAGGIARI contra la sociedad mercantil EDITORIAL SANTA INES, C.A., ello de conformidad con las disposiciones legales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Queda CONFIRMADO el auto de fecha 15 de diciembre de 2008, dictado por el Tribunal .....