En mérito de las anteriores consideraciones esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y DE ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 27, 387, 389-A de la reformada Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niña y del Adolescentes, así como los artículos 23 y 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada VASYURY VASQUEZ YENDYS, inscrita en el Inpreabogado Nº 66.855 en su carácter de apoderada judicial del ciudadano MELCHOR ALÍ MENDEZ BALBAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.663.104, contra la sentencia dictada en fecha 20 de enero de 2009, dictada por la Juez Unipersonal Nº IX de este Cir.....