Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Pedro Fernández Baptista, actuando en su carácter de representante de la firma personal BAR RESTAURANT EL TURPIAL, asistido por el abogado José T. Montilla, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 20.555.
En consecuencia:
I) Se CONFIRMA la multa impuesta al contribuyente, en los términos expuestos en la Resolución N° GJT-DRAJ-2000-A-436 de fecha 28 de febrero de 2001, emanada de la Gerencia Jurídica Tributaria del SENIAT, vale decir, la cantidad 28,5 Unidades Tributarias, a razón de Bs. 2.700, lo que equivale a la cantidad actual de SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 76,95).
II) Se confirma el saldo impuesto deudor por la cantidad de CIENTO DOCE BOLIVARES CON NOVENTA (Bs. 112,90), actualmente la cantida.....