Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45, 48 ordinal 7° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano Sargento Segundo JESÚS CENTELLA RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.203.715, por la presunta comisión de los delitos militares de ABANDONO DE FUNCIONES, previsto y sancionado en los artículos 534 y 537 del Código Orgánico de Justicia Militar, e INSUBORDINACIÓN, previsto y sancionado en los artículos 512 ordinal 1º y 515 ordinal 3º ejusdem.