En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano WIRMAN GERMAN YRAZABAL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 15.131.239., en contra de CEMEX DE VENEZUELA, S.A.C.A., por motivo de Calificación de Despido. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora por resultar totalmente vencida de conformidad con la norma del artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.