Este Juzgado Trigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en vista de que las partes llegaron a un acuerdo transaccional, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo se ordena la entrega de los escritos de pruebas consignado en la Audiencia Preliminar. El tribunal deja constancia de la devolución de los elementos de pruebas a las partes. En consecuencia, se deja constancia que en este acto se devuelve los escritos de pruebas con sus anexos consignados en la oportunidad de la iniciación de la audiencia preliminar, a cada una de las partes. Se imprime tres ejemplares a un mismo tenor de la presente transacción (Uno para cada uno de las partes y uno para agregar al expediente). Es todo, terminó, se leyó .....