DECLARO: PRIMERO: En cuanto al cómputo del cumplimiento de la pena impuesta tenemos, que el penado Sargento Segundo (EJ) ALMEIDA RONALD ALFREDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.205.389, está detenido judicialmente desde el veinte (20) de Mayo de 2007, recluido desde entonces, en el Centro Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde, lo que significa que hasta la fecha de hoy, primero (01) de Agosto de 2007, ha cumplido DOS (02) MESES Y DOCE (12) DÍAS, de la pena impuesta de NUEVE (09) MESES, faltándole por cumplir SIETE (07) MESES Y DIECIOCHO (18) DÍAS, del total de la pena impuesta por el Tribunal Militar Segundo de Control de Caracas, esto es, hasta el día veinte (20) de Febrero de 2008, fecha en que finaliza la totalidad de la pena. SEGUNDO: En cuanto al Primer Beneficio que debe disfrutar el ciudadano penado de Auto, relacionado con el DESTACAMENTO DE TRABAJO, el cual le nació a partir del desde el 27 de Julio de 2007, y en virtud que el penado cumple con los requis.....