DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud DE REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por la ciudadana MAYLEN CAROLINA RANGEL CÁCERES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.450.077 y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira; contra el ciudadano JOHAN ALEJANDRO LOBO GUZMÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.555.850 y con domicilio en el Municipio Libertad del Estado Táchira.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL OFRECIMIENTO realizado por el ciudadano JOHAN ALEJANDRO LOBO GUZMÁN, ya identificado, por lo que respecta a la cuota mensual y la cuota escolar.
TERCERO: SE FIJA EL AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros que se ordenará aperturar, a partir del mes de Julio de 2013.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar, se fij.....