DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado Ángel Felipe Arias Rincón, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 232.692, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada el 23 de febrero de 2023, por el Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declarara la perención breve de la instancia, la cual queda CONFIRMADA bajo las consideraciones expuestas en este fallo.
Segundo: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo establecido en los artículos 267 ordinal 1° y 269 del Código de Procedimiento Civil y consecuentemente, extin.....