TERCERO: CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público Militar y admiten todas las pruebas por ser útiles pertinentes y necesarias. Ahora bien, vista la manifestación de voluntad expresada por el imputado y su defensa en el acto de la Audiencia Preliminar, es deber de este tribunal recordarle a las partes que pueden hacer uso de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso, referente al Principio de Oportunidad, Acuerdos Reparatorios, Suspensión Condicional del Proceso y del Procedimiento por Admisión de los Hechos, contemplados en los artículos 38, 41, 43 y 375, todos del Código Orgánico Procesal Penal, de las cuales según la entidad de la pena, solo procede como fórmula alternativa a la prosecución del proceso, el Procedimiento por Admisión de los Hechos para la imposición inmediata de la pena, por lo que se le cede el derecho de palabra al ciudadano SARGENTO SEGUNDO GARCIA PASAARELA HECTOR, Titular de la Cedula de Identidad Nº 24.795.104, QUIEN MANIFESTÓ "admito los hechos .....