DECISIÓN
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de República y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDO el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la abogado YAJAIRA PARRA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 85.147, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil LOGIC OUTSOURCING, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 29 de abril de 2005, bajo el Nº 71, tomo 1083-A-QTO, contra la Resolución Nº 083 de fecha 03 de septiembre de 2008, emanada de la DIRECCIÓN DE INGENIERÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, archívese el expediente sustanciado en la oportunidad correspondiente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior T.....