Con base a los razonamientos anteriormente expuesto, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos laborales incoare la ciudadana ENZA MILITELLO BLANCO, venezolana, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V-5.308.478 en contra del "GRUPO DE EMPRESAS, J.S., DON REGALÓN DINOSAURIO C.A". En consecuencia se ordena a la parte demandada a pagar a la accionante las cantidades y conceptos que serán discriminados en la parte motiva del presente fallo, más los intereses de mora e indexación y/o corrección monetaria. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costa TERCERO SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano EDGAR DE JESÚS.....