Visto el acto de Composición Voluntaria celebrado en fecha veintidós (22) de marzo del año en curso, por ante este Juzgado, entre las partes, abogado en ejercicio CARLOS RAFAEL VEGUETH CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-16.248.023, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.969, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, SOCIEDAD MERCANTIL SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA ESCALANTE C.A. (SEPRIESCALA C.A.), y el ciudadano DARWIN CARDENAS MORA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-11.507.432, con el carácter de presidente y representante legal de la parte demandada, SOCIEDAD MERCANTIL DARCARMO GROUP, C.A., asistido por la abogada en ejercicio GISELA SANTOS MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.146.473, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 118.912, observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho el a.....