DECISIÓN
Por lo antes expuesto, esta Sala Nº 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
1) En base a la anterior motivación y criterios vinculantes trascritos, y de acuerdo al Numeral 3 del Artículo 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Numeral 5 del Artículo 125, y los Artículos 190, 191, 195, 196, 280, 281 y 305 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el imputado ANGEL GÓMEZ, V-14.161.755, contra la totalidad de los pronunciamiento dictado por el Juzgado 49º de Control de este Circuito a la finalización de la Audiencia Preliminar celebrada ante ése el 11-8-06;
2) Anula, de manera total, la audiencia preliminar citada y sus pronunciamientos, y los actos procesales que de ella se derivaron, inclusive el Auto de Apertu.....