REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de febrero del dos mil Veintiséis
Años: 215° y 166°
ASUNTO: KP02-S-2025-005807
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: KEILA ANDREINA CAMACHO ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.697.071, domiciliada en 1705 Linden Blvd Brooklyn, New YORK, a través de su Apoderada Judicial abogada VIKY CARRERA JIMÉNEZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 306.354,según Poder Apud- Acta, que cursa en el folio Nº8, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías, Calle 2 Vereda 4 de Cerritos Blancos, parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren, Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente CUATROCIENTOS TRES METROS CUADRADOS CON DOS DECÍMETROS (403,02 MTS2), Y cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: KEILA ANDREINA CAMACHO ÁLVAREZ, anteriormente identificada de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Déjese copia certificada de la presente decisión, según lo tipificado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria.
MSLP/GODOY/hp.