REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas
Cabimas, veintinueve (29) de enero de dos mil veintiséis (2026)
215º y 166º

ASUNTO: L-2025-0000108

Parte Actora: KISSY YOHANET RIOS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 20.859.970 domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia

Apoderadas Judiciales de la parte Actora: WILLIAM ANTONIO MARCANO REYES, EDGAR JOSE ROSALES, y JOSE SALGUEIRO ZARRAGA, abogados en ejerció e inscritos en inpreabogado bajo los Números 315.691, 309.595 y 309.596.

Parte Demandada Entidad de Trabajo. SERVICIOS Y OBRAS SURAMERICANA, C.A (SOSCA) con Registro de Información Fiscal Nro J-401784909 con domiciliada en Avenida 43, entre Carretera N y O Sector los Samanes Parroquia Alonso de Ojeda Municipio Lagunillas del Estado Zulia.

Apoderados Judiciales de la Entidad de Trabajo, FERNANDO ARCENIO ROJAS ESCORCIA, EGLI JOSEFINA MACHADO VELASCO, MISAEL BENITO CARDOZO PEREZ, y MISAEL SEGUNDO DE LA SANTISIMA TRINIDAD CARDOZO PEREZ abogados en ejercicio e inscritas en inpreabogado bajo los Nros 31.210, 26.080, 25.462 Y 303.359

Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales

Hoy, 29 de Enero de 2026, siendo las 10:00 am comparecen los ciudadanos : WILLIAM ANTONIO MARCANO REYES, inscrito en inpreabogado bajo el No 315.691, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano : KISSY YOHANET RIOS CASTILLO y el abogado MISAEL BENITO CARDOZO PEREZ, inscrito en inpreabogado bajo el No 25.462, actuando en su carácter de apoderado judicial de la entidad de trabajo SERVICIOS Y OBRAS SURAMERICANA, C.A (SOSCA), quienes de mutuo acuerdo y de manera verbal comparecen ante este juzgado a los fines de solicitar que la prolongación de audiencia que estaba pautada para el día Miércoles 04 de Febrero de 2026, sea adelantada en virtud de que han llegado a un acuerdo satisfactorio. En consecuencia quien suscribe la presente acta procedió a la revisión del cronograma de audiencia y no existiendo ningún impedimento se provee conforme a lo solicitado. Siendo las 09:15 am se da así inicio y tiene lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar., compareciendo el abogado WILLIAM ANTONIO MARCANO REYES, inscrito en inpreabogado bajo el No 315.691, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano KISS YOHANET RIOS CASTILLO titular de la cedulad de identidad Nro V-20.859.970 actuando en su carácter de parte actora y el abogado MISAEL BENITO CARDOZO PEREZ, inscrito en inpreabogado bajo el No 25.462, actuando en su carácter de apoderado judicial de la entidad de trabajo SERVICIOS Y OBRAS SURAMERICANA, C.A (SOSCA), Se constituye este Tribunal bajo la dirección de la ciudadana Jueza Abg. JEXSIN COLINA DAVILA, quien declaró abierto éste acto y constató la presencia de cada una de las partes. En este estado el representante legal de la parte demandada, expone con la finalidad de dar por terminada la presente causa ofrece la cantidad de CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS DIEZ BOLIVARES CON NOVENTA CENTIMOS (Bs 148.210,90) de los cuales el extrabajador recibirá la cantidad de CIENTO ONCE MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs 111.158,18) en este acto a la parte reclamante ciudadano: SIMRI JAHDIEL MORON MEDINA suficientemente identificado en actas, como Pago Único por concepto de Pago de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales, cantidad esta que corresponde a todos los conceptos reclamados los cuales se encuentran detallados en su libelo de demanda, con dicho pago no se le queda a deber nada por estos conceptos demandados, ni por otros conceptos laborales, pago este que será realizado el día VIERNES 30 de ENERO de 2026 a través de depósito en la cuenta nomina del perteneciente al ex trabajador, y la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y DOS CENTIMOS (Bs 37.052,72) por concepto de honorarios profesionales al ciudadano : WILLIAM ANTONIO MARCANO REYES, pago este que se hará a través de transferencia bancaria al Banco de Venezuela en la Cuenta de Ahorro Nro 01020874270100001980, o en su defecto a través de pago móvil 0412-1719188 CI 7.737.932 Banco de Venezuela quien se compromete a consignar los respectivos recibo ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de haber dado cumplimiento con dichos pagos. En este Estado interviene el apoderado judicial del extrabajador y expone “Que una vez escuchado como ha sido el ofrecimiento realizado por la Entidad de Trabajo demandada, en nombre y representación de su representado acepta las cantidades aquí ofrecidas por cuanto el mismo está de acuerdo, en los términos establecidos, los cuales se encuentran suficientemente detallados en el libelo de la demanda. Ambas partes de común acuerdo solicitan al Tribunal Homologue el acuerdo alcanzado, le otorgue el carácter de cosa juzgada, se declare por terminado el presente procedimiento y se abstenga de archivar el presente expediente hasta tano no conste en actas el cumplimiento del mismo. En consecuencia, este Tribunal en vista de la que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso, y por cuanto no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley se Homologa la presente Acuerdo dándole efectos de Cosa Juzgada, se da por terminado el presente procedimiento y se abstiene de archivar el presente asunto hasta tanto no se de cumplimiento con el acuerdo aquí alcanzado. E igualmente se hacen entrega de los escritos de pruebas y sus anexos a las partes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:


Abg. JEXSIN JACKELINE COLINA DAVILA
JUEZA 1 ° S M E DEL TRABAJO



APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA



APODERADO JUDICIAL DE LA ENTIDAD DE TRABAJO
DEMANDADA. .




Abg. ISANDRA PEREZ
SECRETARIA JUDICIAL

JCD/IP /jcd.
ASUNTO: -L-2025-000108
Resolución número: PJ001202600006.-
Asiento Diario Nro 07