REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de enerodel dos mil veintiséis
Años: 215° y 166°
ASUNTO: KP02-S-2025-005838
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: JENNIFER ANDREINA OLIVERA CAMACARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.473.608, de este domicilio, debidamente asistidapor el abogado en ejercicioMIGUEL ALEJANDRO PÉREZ GIL, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 269.476, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor dela solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en: El Kilómetro 2 Vía Duaca de la Comunidad de La Cañada, Sector Nicasio, Calle 3 de la Parte Baja del Sector Nicasio, ParroquiaUnióndel Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente DOSCIENTOSOCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTÍMETROS(287,25 Mts2), y con un área de construcción de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (54,00 Mts2), cuyas medidas, características y linderos, constan en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor dela solicitante ciudadana: JENNIFER ANDREINA OLIVERA CAMACARO, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
El Secretario Suplente,
Abg. Abelardo Jesús Gelvis Ramírez
MSLP/Ajgr/mfqa.-