REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Tres de Octubre del dos mil Veinticinco
Años: 215° y 166°

ASUNTO: KP02-S-2025-003916

Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: CARLOS ALBERTO NARANJO MENESES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°V-4.373.976, debidamente asistido en este acto, por la abogada SONIA VÁSQUEZ, inscritaen el I.P.S.A,bajo el N°282.180, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechuríasubicadas en la Calle 58 entre Carreras 13 C y 14 B, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente TRECE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO CENTIMETROS (13,35 MTS2) cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano: CARLOS ALBERTO NARANJO MENESES, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve

La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza. La Secretaria,

Abg. María Isabel Godoy Viloria


MSLP/Migv/lc.-