REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-004527
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: RODOLFO ANTONIO RINCONES GONZALEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.V-21.131.857, de este domicilio, debidamente asistido en este acto, por el Abogado CARLOS ALBERTO CONTRERAS, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 280.581, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías, al final del Callejón los Cocos, diagonal a la Avenida Jacinto Lara, casa S/N, EL Cercado, Sector Juan de Dios, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren, Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, por una casa de 2 plantas y un anexo; con un área de construcción de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS (247,20 MTS2), la parcela mide aproximadamente DIECISÉIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (16.776,55 MTS2), y cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: RODOLFO ANTONIO RINCONES GONZALEZ, anteriormente identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Déjese copia certificada de la presente decisión, según lo tipificado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve.
La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria,

Abg. María Isabel Godoy Viloria.
MSLP/Mgodoy /hp.