REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 02 de Octubre del dos mil Veinticinco
Años: 215° y 166°
ASUNTO: KP02-S-2025-003926

Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: ROSIMAR COROMOTO RODRIGUEZ CORDERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-22.182.804, debidamente asistida en este acto, por el abogado: CARLOS CONTRERAS, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 280.581, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en El Cercado, Sector Pozo Azul parte Alta, Casa S/N, avenida Principal Los Chaguaramos entre Calles los Naranjillos y el Sol Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente DOSCIENTOS ONCE CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (211,85 MTS²) cuyas características y linderos, constan en la solicitud que encabezan éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: ROSIMAR COROMOTO RODRIGUEZ CORDERO, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve
La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria,

Abg. María Isabel Godoy Viloria

MSLP/Migv/San