REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, seis (06) de noviembre de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º
ASUNTO: KP02-R-2025-000768
DEMANDANTE: NORIELBIS JOSE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 22.270.513.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Carlos Luis Hernández, inscrito en el IPSA, bajo el Nro. 316.116
DEMANDADO: ARNALDO ANTONIO RODRIGUEZ YEPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.582.852
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Karelyn Milagros Matos Sequera y Liseth Coromoto Giménez Márquez, inscritas en el IPSA, bajo los Nros. 222.800 y 108.619, respectivamente.
Motivo: COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA)
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Visto el escrito de DESISTIMIENTO DEL PRESENTE RECURSO DE APELACIÓN, presentado en fecha 03/11/2025, en el asunto principal Nro. KP02-M-2024-000136, presentado por las abogadas Karelyn Milagros Matos Sequera y Liseth Coromoto Giménez Márquez, inscritas en el IPSA, bajo los Nros. 222.800 y 108.619, respectivamente, se acuerda por ser procedente, en consecuencia se ordena HOMOLOGAR el Desistimiento, téngase la forma de auto composición procesal presentada. Se ordena cerrar informáticamente el presente asunto. Y así se decide.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. MILANGELA M. JIMENEZ E.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. ROXANA JOSE RAMIREZ CATARI
MMJE/RJRC/ap.-
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