REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de noviembre de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-004988
SOLICITANTE: AGOSTINHO DA SILVA OLIVAREIRA, quien es venezolano, mayor de edad, casado, civilmente hábil y titular de la cédula
ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE: AGOSTINHO DA SILVA DA SILVA., quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°.104.129.-
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: AGOSTINHO DA SILVA OLIVAREIRA, quien es venezolano, mayor de edad, casado, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N° .11.433.893., asistido en este acto por El Abogado en Ejercicio AGOSTINHO DA SILVA DA SILVA., quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°.104.129., quien se manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, ubicación, medidas y linderos son los siguientes: AVENIDA JACINTO LARA, A LADO DE LA PANADERIA SAN JOSE DEL ESTE, CHIRGUA SECTOR I, MACRO SECTOR EL CERCADO, PARROQUIA SANTA ROSA , MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, con un área un total de OCHENTA METROS CUADRADOS (80 mts2.) y mide 3TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (3.636,42 mts2), dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de setenta y dos metros con cincuenta centímetros (72,50) con terreno que es o fue ocupado por el ciudadano por los ciudadanos Yanjino Camacaro y María Sánchez. SUR: En línea de sesenta y nueve metros con sesenta y seis centímetros (69,66) con terreno que es o fue ocupado por la sede de la ruta 12. ESTE: En línea de ochenta y cuatro metros con treinta centímetros (84,30) con la avenida Jacinto Lara que es su frente. OESTE: En línea de treinta y seis metros con sesenta y cuatro centímetros (36,64) con terreno Ejido.
SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: LUIS EDUARDO VALERIO y WILLIAMS EDUARDO VEGAS YEPEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.749.479 y 14.404.145, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano AGOSTINHO DA SILVA OLIVAREIRA, ya anteriormente identificado.-
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los veinte (20) días del mes de Noviembre del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Riera Ballesteros.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 11:00. A.M.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
HRB/ MERY / DC.-