REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once (11) de noviembre de 2025
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-002439
PARTE SOLICITANTE: JOSÉ ENCARNACIÓN CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.314.474, con número telefónico: y dirección de correo cedeñoencarnacion45@gmail.com, de este domicilio.-
ABOGADA ASISTENTE:
MARIA ANGÉLICA LÓPEZ BAYONA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 177.144, con número telefónico 0414-555.8484 con dirección de correo electrónico: MARIANLOPEZ04@hotmail.com.-
MOTIVO:
TIPO DE SENTENCIA:
TITULO SUPLETORIO
DECRETO
SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS
Vista la solicitud de Titulo Supletorio, presentada por el ciudadano JOSÉ ENCARNACIÓN CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.314.474, debidamente asistido en este acto por la Abogada MARIA ANGÉLICA LÓPEZ BAYONA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 177.144, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyo a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, el cual le pertenece según consta en documento debidamente protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del estado Lara, en fecha cuatro (04) de noviembre del año 2013, bajo el Nro. 2013.1950, Nº. de Tramite 362.2013.4733, Matricula: 362.11.2.5.678, libro de folio real, Asiento Registral:1, con Código Catastral:13-03-03-U01-804-0085-034-000, con una superficie de terreno que mide aproximadamente SEISCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (672,97Mts2) con un área de construcción que mide aproximadamente CIENTO DOCE METROS CUADRADOS (112 Mts2) constituida por: un local construido de paredes de bloques, piso de cemento, techo de platabanda; ubicadas en la Avenida Tinjaca con calle El Junin, sin número, sector Los Naranjillos, Parroquia El Cují, Municipio Iribarren del estado Lara; comprendidas dentro de los siguientes linderos. NORTE: En línea de 7,00 metros con la Avenida Tinjaca; SUR: En línea de 7,00 metros con bienhechuría de José Cedeño; ESTE: En línea de 16,00 metros con bienhechuría ocupado por Félix Pimentel y OESTE: En línea de 16,19 metros con la calle Junin. Siendo el costo de las referidas bienhechurías la cantidad de UN MILLÓN DE BOLIVARES (BS 1.000.000,00).-
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los TESTIGOS: los ciudadanos RAFAEL SIMÓN GARCÍA TORRES y FRANCISCO ANTONIO RAMÍREZ ÁLVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.550.468 y V- 7.374.836 respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 eiusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano: JOSÉ ENCARNACIÓN CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.314.474, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los once (11) días del mes de noviembre de 2025. Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.-
El Juez,
Magdiel José Torres.
La Secretaria,
Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/María Abreu.-