REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte (20) de noviembre de dos mil Veinticinco (2025)
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-004809
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrita por los ciudadanos BELKYS MARGARITA GARCÍA ALMAO, DORIS YSABEL GARCÍA ALMAO, ONECIMA RAMONA GARCIA DE SUAREZ, GUILLERMO NICANOR GARCÍA ALMAO, GUSTAVO ADOLFO GARCÍA ALMAO, LUIS AGUSTIN GARCÍA ALMAO, MARINA DEL CARMEN GARCÍA ALMAO, GLORIA RAMONA GARCIA DE GIL, MANUEL DE LOS SANTOS GARCÍA ALMAO, ISMARY VERÓNICA PEREZ GARCIA, FREDIS ANTONIO GARCÍA ALMAO y JOSE NEPTALI GARCÍA ALMAO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro° V- 11.267.050, 7.370.317, 7.370.316, 3.948.044, 5.254.303, 4.802.387, 5.254.304, 5.254.305, 7.326.917, 13.510.796, 7.326.918 y 7.326.916, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado YONNY HERNANDEZ, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 226.792, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de la bienhechuría Ubicada en la calle 4 entre carreras 4 y 5, casa número 4-43, del barrio San Francisco, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren, Estado Lara, la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuados los testimonios de los ciudadanos DAHALIS MARYELIN BRACHO PEÑA Y KENDY ENRIQUE ARRIECHI VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.307.496 y V-18.239.642, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitantes ciudadanos: BELKYS MARGARITA GARCÍA ALMAO, DORIS YSABEL GARCÍA ALMAO, ONECIMA RAMONA GARCIA DE SUAREZ, GUILLERMO NICANOR GARCÍA ALMAO, GUSTAVO ADOLFO GARCÍA ALMAO, LUIS AGUSTIN GARCÍA ALMAO, MARINA DEL CARMEN GARCÍA ALMAO, GLORIA RAMONA GARCIA DE GIL, MANUEL DE LOS SANTOS GARCÍA ALMAO, ISMARY VERÓNICA PEREZ GARCIA, FREDIS ANTONIO GARCÍA ALMAO, JOSE NEPTALI GARCÍA ALMAO, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,
ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL.
Jalvarado/Lcr/Err