REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 24 de noviembre de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-004197
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por las ciudadanas: YORGELIS ALEXIMAR TORRES VEGAS y YELIMAR ALEXANDRA TORRES VEGAS, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad N° V-31.877.836 y V-26.668.388, respectivamente debidamente asistidas en este acto, por la abogadaNidianaCamacaro, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 119.544, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de las solicitantes la propiedad de las bienhechurías ubicadas en colinas del Jebe II, calle 4, sector pata de gallina, identificada con el Nro D-16, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyeron con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (3.450 MTS2), con un área de construcción de CIENTO TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS (132 MTS2); cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: INGRID ISABEL CAMARGO FLORIAN, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve
La Juez.
Abg. Mariani Selena Linares Peraza. La Secretaria.
Abg. María Isabel Godoy Viloria.