REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 12 de noviembre del dos mil Veinticinco
Años: 215° y 166°
ASUNTO: KP02-S-2025-004894
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por las ciudadanas:SANDRA MILENA SANCHEZ MENDOZA Y YULIBETH SANCHEZ MENDOZA,venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédulasde identidad NrosV- 15.729.507 y 20.010.855, respectivamentede este domicilio, debidamente asistidas en este acto, por elabogado MARIO ROJAS,inscrito en el I.P.S.A,bajo el N° 219.699, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor delas solicitantes la propiedad de las bienhechuríasubicadas en la calle 12 entre carreras 1 y Avenida los Horcones, Sector Barrio Pueblo Nuevo , Parroquia Guerreo Ana Soto, Municipio Iribarren del estadoLara,las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente CATORCE METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (14,40 MTS2) cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de las solicitante ciudadanas: SANDRA MILENA SANCHEZ MENDOZA Y YULIBETH SANCHEZ MENDOZA, anteriormente identificadas, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/Migv/YO