REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós (22) de mayo de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º

ASUNTO: KH03-X-2025-000045
PARTE DEMANDANTE Ciudadano ALFREDO ALEXANDER MILILLI GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-14.269.624, de este domicilio.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE Abogados HUGO EDUARDO JIMENEZ PERNALETE y JOSE ANTONIO GUTIERREZ ABARCA, inscritos en el Inpreabogado con los números 90.382 y 90.320
PARTE DEMANDADA Ciudadanos GIANCARLO MILILLI MIGNANO, SALVADOR MILILLI MIGNANO, MARIA MILILLI MIGNANO, GIOVANNI MILILLI MIGNANO y FRANCA MILILLI MIGNANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad No. V-13.464.967, V-9.550.059, V-9.550.060, V-9.550.062 y V-9.613.832, respectivamente de este domicilio.-
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA No constituyó.-
ACCIÓN DE COLACION, SIMULACION, PARTICIÓN DE ALICUOTA, DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑOS MORALES (CUADERNO DE MEDIDAS CAUTELARS)
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

-I-
BREVE RESEÑA
Se inició el presente juicio con ocasión a la demanda de ACCIÓN DE COLACION, SIMULACION, PARTICIÓN DE ALICUOTA, DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑOS MORALES, intentada en fecha 02/05/2025.
En fecha 09/05/2025 se admitió la demanda y se ordenó el emplazamiento de los codemandado.
En fecha 19/05/2025 se ratificó solicitud cautelar y procede esta Juzgadora a pronunciarse bajo los siguientes términos:

-II-
FUNDAMENTOS DE LA SOLICITUD
En el escrito libelar la parte accionante solicitó medidas cautelares bajo los siguientes términos:

“…Las medidas preventivas, según la constante y uniforme doctrina acogida por los tribunales de todas las Instancias en Venezuela, incluidas las Salas del Tribunal Supremo de Justicia, fundadas en la necesidad de lograr la más genuina y pura administración de justicia distributiva conforme a los postulados de fondo y formas ordenadas por la Constitución Nacional de 1999, no son potestativas sino de obligatoria adjudicación siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos.
Las normas directamente conferidas a los ciudadanos jueces para dictar las medidas precautelares que correspondan, son los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil. En el caso de las especialmente determinadas o nominadas como lo prevé nuestra la legislación y ha establecido doctrina uniforme y consolidada de nuestro Máximo Tribunal, como las citadas en el numeral PRIMERO de este capítulo de petición cautelar, el ciudadano juez deberá apreciar:
1) El fumus boni juris o buen humo de derecho (presunción del derecho reclamado), que en nuestro caso surge de los documentos fundamentales que se acompañan. En anteriores apartes de este libelo hemos hecho referencia a antecedentes jurisprudenciales donde el Máximo Tribunal de la República, a través de las Salas Civil y la Constitucional, han determinado que la documental es la prueba por excelencia en el juicio por simulación y en la flexibilidad que deben mostrar los jueces en su apreciación, aunque en este caso los elementos están muy claos.
2) El pericullum in mora (potencialidad de inejecución del fallo), que surge del tiempo que habitualmente tardan los juicios en Venezuela, lo que le consta al operador de justicia por máxima de experiencia. En relación a la procedibilidad de este elemento escribe el tratadista nacional Ricardo Henríquez La Roche (Código de Procedimiento Civil, Tomo IV. Edición 1997. Pág. 302)…omissis…”El peligro de la mora tiene dos causas motivas: una constante y notoria, que no necesita ser probada, cual es la inexcusable tardanza del juicio de conocimiento, el arco de tiempo que necesariamente transcurre desde la deducción de la demanda hasta la sentencia ejecutoriada…omissis”.
Para las solicitadas bajo los numerales SEGUNDO y TERCERO, por constituir medidas innominadas, se requiere adicionalmente el llamado perículum in damni (potencialidad del daño), o sea, la posibilidad del ejercicio inmediato de los derechos de propiedad que me corresponden sobre la alícuota en la herencia deferida por mi padre, lo cual es fácilmente perceptible para el ciudadano juez porque la acción ilegítima de los demandados impide el ejercicio cabal de los atributos de la propiedad como el derecho de usar, gozar y disponer inmediatamente de los bienes que proporcionalmente me corresponden.
Con tales bases solicito:
PRIMERO: Se dicte medida de prohibición de enajenar y gravar sobre los siguientes inmuebles, conforme al ordinal 3° del artículo 588 ejusdem:
I. Inmueble constituido por un terreno con un superficie original de CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (5.646,69 M2) y el galpón sobre ella construido ubicado en la Zona Industrial I de Barquisimeto, Estado Lara, específicamente en la carrera 4, cruce con las calles 10 y 11, Municipio Iribarren, Parroquia Unión, fue objeto de una división de parcela por Resolución 024-2020 de fecha 19 de noviembre de 2020 emanada de la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Iribarren del Estado Lara, quedando el terreno dividido en tres (03) parcelas: PARCELA NRO 1: con un área de terreno de TRESMIL NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (3.094,78 m2), enmarcada dentro de los siguientes linderos; Norte: En línea de 89,85 m. con inmuebles ocupados por Gonzalo Contreras y Salvador Dávila, Sur: En línea de 89,67 m. con inmueble ocupado por Copermi Perforaciones, C.A.; Este: en línea de 34,55 metros con la calle 10, y Oeste: En línea de 34,57 m. con la calle 11, identificada dicha parcela con el Código Catastral Nro. 13-0307-U01-404-0019-011-000; PARCELA NRO 2: con un área de terreno de MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (1.282,65 m2), enmarcada dentro de los siguientes linderos: Norte: En línea de 45,08 m. con inmuebles ocupados por Copermi Perforaciones C.A, Sur: En dos líneas, una de 40,86 m y otra de 5,20 m. con carrera 4. Este: en línea de 25,80 metros con la calle 10, y Oeste: En línea de 28,70 m. con inmuebles ocupados por Copermi Perforaciones C.A., e identificado con el Código Catastral Nro. 13-03-07-U0I -404-0019-012-000; y PARCELA NRO 3: con un área de terreno de MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VENTISEIS CENTIMETROS CUADRADOS(1.269,26 m2), enmarcada dentro de los siguientes linderos; Norte: En línea de 44,58 m. con inmuebles ocupados por Copermi Perforaciones C.A.; Sur: En línea de 44,43m. con la carrera 4; Este: en línea de 44,43m con inmuebles ocupados por Copermi Perforaciones C.A.; y Oeste: en línea de 28,60 m. con inmuebles ocupados por Copermi Perforaciones C.A. e identificado con el Código Catastral Nro.13-03-07-U01-404-0019-013-000. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 29 de Octubre del 2021, número 2021.744, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nro. 363.11.2.4.4535, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2021, cuyo documento consigno anexo marcado como DOCUMENTO CUATRO.
II. Inmueble constituido por un terreno y las bienhechurías sobre el construidas, consistentes en Un edificio con un área de QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (585,00 m2) que luego de establecerse los retiros conforme a la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística vigente, tiene un área de QUINIENTOS SIETE METROS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (507,59 m2), ubicado en la carrera 19 cruce con calle 45, número 45-6, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, con código catastral nro. 13-03-02-U01-205-1945-001-000 y todas las bienhechurías sobre el construidas consistentes en un edificio con un área de MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CON SETENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (1.351,76 m2.) aproximadamente, que comprende cuatro (04) plantas: planta baja, planta mezzanina, primero y segundo piso, que contienen: PLANTA BAJA; tiene un área aproximadamente de QUINIENTOS SIETE METROS CON TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS (507,30 m2), en la misma se encuentran 8 puestos de estacionamiento, enumerados del 1 al 8 respectivamente, demarcados en el pavimento, de aproximadamente doce metros cuadrados cada uno (12,00 m2.)un área de circulación de vehículos de CIENTO SEIS METROS CUADRADOS (106,00 m2), que da a la reja de acceso de vehículos por la calle 45, entrada peatonal por la calle 45 que conduce a un área de circulación interna que da acceso a las escaleras que llevan a las plantas superiores donde se encuentran las oficinas, de aproximadamente (11,50 m2). La planta bajaconsta de dos locales comerciales signados con los números 1 y 2, de aproximadamente (136,50 m2) el número 1 y (148,90 m2) el número 2; un cuarto de aseo y un lava mopas de aproximadamente (2,55 m2); un cuarto de hidroneumático de aproximadamente (4,25 m2); y un área destinada al tablero general de electricidad de aproximadamente (1,60 m2). PLANTA MEZZANINA: tiene un área aproximada de DOSCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS (205,00 M2). En esta planta se encuentra un área de construcción de escaleras que conduce a las plantas superiores donde se encuentran las oficinas de aproximadamente (13,75 m2) y las mezzaninas de los locales comerciales nro. 1 y 2, de aproximadamente (88,50 m2) la mezzanina del local 1, y de (102,75 m2) la mezzanina del local nro. 2. PRIMER PISO: tiene un área aproximada de trescientos diecinueve metros cuadrados con setenta y tres centímetros cuadrados (319,73 m2). Un área de circulación de escaleras de aproximadamente (11,25 m2) que conduce a un pasillo de circulación de aproximadamente (17,10 m2.) que da acceso a las oficinas, y las oficinas 1,2,3 y 4, de aproximadamente (68,60 m2) la número 1; de (71,25 m2) la número 2; de (71,25 m2) la número 3; de (80,28 m2) la número 4. SEGUNDO PISO: tiene un área aproximada de trescientos diecinueve metros cuadrados con setenta y tres centímetros cuadrados(319,73 m2); Un área de circulación de escaleras de aproximadamente (11,25 m2) que conduce a un pasillo de circulación de aproximadamente (17,10 m2) que da acceso a las oficinas; y las oficinas 5,6,7 y 8, de aproximadamente (68,60 m2) la número 5; de (71,52 m2) la número 6; de (71,25 m2) la número 7; y de (80,28 m2) la número 8. DE LOS LOCALES COMERCIALES: LOCAL COMERCIAL NRO.1 El local comercial nro. 1 está ubicado en la planta baja y mezzanina del edificio, con código catastral 13-03-02-U01-205-1945-001-001PBLC1, le corresponde el VENTIUN PUNTO VENTITRES POR CIENTO (21.23%) sobre las cargas comunes del edificio y tiene un área aproximadamente de (224,90 m2); su acceso es por la carrera 19 y consta de dos (02) baños en planta baja y dos (02) baños en planta mezzanina, así como área del local propiamente dicho, la planta baja del local comercial Nro. 1 está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 9,65 metros con la carrera 19 que es su frente; SUR: en línea de 9,65 m. en parte con escalera del edificio y en parte con el área de circulación de vehículos del estacionamiento; ESTE: en línea de 13,25 mts con la calle 45 y en parte con el cuarto de aseo y OESTE: en línea de 15,90 metros con local comercial Nro. 2. La mezzanina del local comercial Nro. 1 está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 9,65 metros con la fachada norte del edificio que da a la carrera 19; SUR: en línea de 3,95 m. con fachada sur del edificio que da hacia el estacionamiento y con escalera de circulación común; ESTE: en línea de 8,00 mts con fachada este del edificio que da hacia la calle 45 con escalera de circulación común del edificio y OESTE: en línea de 10,65 metros con la mezzanina del local comercial Nro. 2. LOCAL COMERCIAL NRO.2 el local comercial Nro. 2 está ubicado en la planta baja y mezzanina del edificio, con código catastral nro. 13-03-02-U01-205-1945-001-001PBLC2, le corresponde el VENTITRES PUNTO SETENTA Y CINCO POR CIENTO (23.75%) de cargas comunes del edificio y tiene un área aproximadamente de 251,65 m2, su acceso es por la carrera 19 y consta de dos (02) baños en planta baja y dos (02) baños en planta mezzanina, así como área del local propiamente dicho, la planta baja del local comercial nro. 2 está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 9,65 metros con fachada norte del edificio que da hacia la carrera 19 que es su frente; SUR: en línea de 7,95 m. en parte con el cuarto del hidroneumático del edificio y en parte con el área de circulación de vehículos del estacionamiento, ESTE: en línea de 15,90 mts, con local comercial nro. 1 y OESTE: en parte con la fachada oeste del edificio y en parte con el cuarto del hidroneumático del edificio. La mezzanina del local comercial nro. 2 está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 9,65 metros con la fachada norte del edificio que da a la carrera 19. SUR: en línea de 9,65 m. con fachada sur del edificio que da hacia el área de circulación del estacionamiento, ESTE: en línea de 10,65 mts con la mezzanina del local comercial nro.1 y OESTE: en línea de 10,65 metros con la fachada oeste del edificio. DE LAS OFICINAS: OFICINA NUMERO 1; La oficina nro. 1 está ubicada en el primer piso del edificio, con código catastral 13-03-02-U01-205-1945-001-00101OF1, le corresponde el SEIS PUNTO CUARENTA Y OCHO POR CIENTO (6.48%) de cargas comunes del edificio, y tiene un área aproximadamente de 68,60 m2, y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 4.90 metros con fachada norte del edificio que da hacia la carrera 19. SUR: en línea de 4,90 m. en parte con escalera común y en parte con pasillo de circulación que da acceso a las oficinas número 2, 3 y 4, ESTE: en línea de 13,95 mts con fachada Este del edificio que da hacia la calle 45; y OESTE: en línea de 13,95 metros con la oficina nro. 2. OFICINA NUMERO 2; La oficina nro. 2 está ubicada en el primer piso del edificio, con código catastral 13-03-02-U01-205-1945-001-00101OF2, le corresponde el seis punto setenta y tres por ciento (6,73%) de las cargas comunes del edificio y tiene un área aproximada de 71.25 M2 está dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 4,90 mts con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19; SUR: En 4,90 mts. con pasillo de circulación que da acceso a las oficinas número 3 y 4; ESTE: En 15,00 ML con oficina número 1 y OESTE: En 15.00 ML con la oficina número 3. OFICINA NÚMERO 3. La oficina número 3 está ubicada en el primer piso del Edificio con código catastral número 13-03-02-101-205-1945-001-00101OF3, le corresponde el seis punto setenta y tres por ciento (6,73%) de cargas comunes del edificio y tiene un área aproximada de 71,25 M2 y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 4,90 ML con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19: SUR: En 4,90 ML con pasillo de circulación que da acceso a la oficina número 4; ESTE: En 15.00 ML oficina número 2 y OESTE: En 15,00ML con la oficina número 4. OFICINA NÚMERO 4. La oficina número 4 está ubicada en el primer piso del Edificio con código catastral número 13-03-02-001-205-1945-001-00101OF4, le corresponde el siete punto cincuenta y siete por ciento (7,57%) de cargas comunes del edificio y tiene un area aproximada de 80,28 M2 y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 4,75 ML con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19: SUR: En 4.75 ML. con fachada sur del Edificio que da hacia el área de circulación de vehículos del estacionamiento y pasillo de circulación: ESTE: En 16,90 ML con oficina número 3 y pasillo de circulación y OESTE: En 16,90ML con fachada oeste del Edificio. OFICINA NÚMERO 5. La oficina número 5 está ubicada en el segundo piso del Edificio con código catastral número 13-03-02-U01-205-1945-001-00102OF5, le corresponde el seis punto cuarenta y ocho/por ciento (6,48%) de cargas comunes del edificio y tiene un área aproximada de 68.60 M2 y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 4.90 ML con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19; SUR: En 4,90 ML en parte con escalera común y en parte con pasillo de circulación que da acceso a las oficinas número 6,7 y 8; ESTE: En 13,95 ML con fachada Este del Edificio que da hacia la calle 45 y OESTE: En 13,95 ML con la oficina número 6. OFICINA NÚMERO 6. La oficina número 6 está ubicada en el segundo piso del Edificio con código catastral número 13-03-02-U01-205-1945-001-001020F6. tiene un área aproximada de 71,25 M2, le corresponde el seis punto setenta y tres por ciento (6,73%) de cargas comunes del edificio y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 4.90 ML con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19: SUR: En 4.90 ML con pasillo de circulación que da acceso a las oficinas número 7 y 8: ESTE: En 15,00 ML. Con oficina número 5 y OESTE: En 15,00 ML con la oficina número 7. OFICINA NÚMERO 7:La oficina número 7 está ubicada en el segundo piso del Edificio con código catastral número 13-03-02-U01-205-1945-001-00102OF7, tiene un área aproximada de 71,25 M2, le corresponde el seis punto setenta y tres por ciento (6,73%) de cargas comunes del edificio y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 4,90 ML. con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19: SUR: En 4,90 ML con pasillo de circulación que da acceso a la oficina número 8; ESTE: En 15,00 ML. con oficina número 6 y OESTE: En15,00 ML con la oficina número 8. OFICINA NÚMERO 8. La oficina número 8 está ubicada en el segundo piso del Edificio con código catastral número 13-03-02-U01-205-1945-001-00102OF8, tiene un área aproximada de 80,28 M2, le corresponde el siete punto cincuenta y siete por ciento (7,57%) de cargas comunes del edificio y está comprendida dentro de los siguientes linderos; NORTE: En 4,75 ML con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19; SUR: En 4.75 ML con fachada sur del Edificio que da hacia el área de circulación de vehículos del estacionamiento y pasillo de circulación; ESTE: En 16,90 ML con oficina número 7 y pasillo de circulación y OESTE: En 16,90 ML con fachada oeste del Edificio. DELOS PUESTOS DE ESTACIONAMIENTO: PUESTO DE ESTACIONAMIENTONÚMERO1. El puesto de estacionamiento número 1 pertenece y forma parte de la oficina número 1, tiene un área aproximada de 12,00M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2,40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento; SUR: En 2,40 ML con pared de la fachada sur del inmueble; ESTE: En 5.00 ML con pared de la fachada Este del Edificio que da hacia la calle 45 y OESTE: En 5.00 ML con el puesto de estacionamiento número 2. PUESTO DE ESTACIONAMIENTONÚMERO 2. El puesto de estacionamiento número 2 pertenece y forma parte de la oficina número 2, tiene un área aproximada de 12,00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2,40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento; SUR: En 2,40 ML con pared de la fachada sur del inmueble: ESTE: En 5.00 ML con el puesto de estacionamiento número 1 y OESTE: En 5,00 ML con el puesto deestacionamiento número 3. PUESTO DE ESTACIONAMIENTO NÚMERO 3. El puestode estacionamiento número 3 pertenece y forma parte de la oficina número 3. tiene un áreaaproximada de 12,00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos:NORTE: En 2,40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento: SUR. En 2.40 ML con pared de la fachada sur del inmueble, ESTE: En 5.00 ML con estacionamiento número 2 y OESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento 4. PUESTO DE ESTACIONAMIENTO NÚMERO 4. El puesto de estacionamiento número 4 pertenece v forma parte de la oficina número 4. tiene un área aproximada de 12.00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2.40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento; SUR: En 2,40 ML con pared de la fachada sur del inmueble; ESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento número 3; OESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento número 5. PUESTO DE ESTACIONAMIENTO NÚMERO 5. El puesto de estacionamiento número 5 pertenece y forma parte de la oficina número 5, tiene un área aproximada de 12.00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2,40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento: SUR: En 2.40 ML con pared de la fachada sur del inmueble; ESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento número 4 y OESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento número 6. PUESTO DE ESTACIONAMIENTO NÚMERO 6. El puesto de estacionamiento número 6 pertenece y forma parte de la oficina número 6, tiene un área aproximada de 12.00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2,40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento; SUR: En 2,40 ML con pared de la fachada sur del inmueble; ESTE: En 5,00 ML. con el puesto de estacionamiento número 5 y OESTE: En 5.00 ML con el puesto de estacionamiento número 7. PUESTO DE ESTACIONAMIENTO NÚMERO 7. El puesto de estacionamiento número 7 pertenece y forma parte de la oficina número 7, tiene un área aproximada de 12,00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: En 2,40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento; SUR: En 2,40 ML con pared de la fachada sur del inmueble: ESTE: En 5.00 ML con el puesto de estacionamiento número 6 y OESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento número 8. PUESTO DE ESTACIONAMIENTO NÚMERO 8. El puesto de estacionamiento número 8 pertenece y forma parte de la oficina número 8, tiene un área aproximada de 12,00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2.40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento; SUR: En 2,40 ML con pared de la fachada sur del inmueble; ESTE: En 5,00 ML. con el puesto de estacionamiento número 7 y OESTE: En 5,00ML con pared medianera de la fachada sur del Edificio, todo lo cual consta de documento de condominio debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna (hoy Oficina de Registro Público) del Segundo Circuito de Registro del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 21 de Diciembre de 1998, anotado bajo el número 13, tomo 15, Protocolo Primero. Dicho inmueble se encuentra enmarcado dentro de los siguientes linderos generales: NORTE: Con la carrera 19 que es su frente; SUR: Con casa que es o fue de Yolanda Figueroa; ESTE: Con la calle 45 y: OESTE: Con casa y solar que es o fue de Balbino Rodríguez. Este documento quedó inscrito bajo el Número 2018.614. Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9303, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.615, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9304, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.616, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9305, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.617, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9306, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.618, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9307, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.619, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9308, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.620, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9309, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.621, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9310, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.622, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9311, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.623, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9312 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, por ende debe ser apreciado y valorado conforme los artículo 1357 y 1359 del Código Civil sobre los hechos que contiene.
III. Un apartamento distinguido con el número 2, ubicado en el segundo piso del edificio denominado "Residencias Altamonte" código catastral número 13-03-05-U01-303-0011-030-00102002, el cual se encuentra construido sobre un terreno situado en el sitio denominado el piñal, parroquia Santa Rosa, del Municipio Iribarren del Estado Lara, de Barquisimeto, dicho apartamento tiene un área de Doscientos sesenta y cinco metros cuadrados (265,00 Mts2), contando con un hall de entrada de servicio, cuarto de basura, cocina, lavadero dormitorio y baño de servicio, comedor terraza, sala principal, biblioteca, ascensor principal, baño auxiliar, pasillo de distribución, estar íntimo, dos dormitorios con sus respectivos baños, dormitorio principal con vestier y baño principal y sus linderos particulares son los siguientes: NORTE: Fachada norte del edificio; SUR: Fachada sur del edificio con escalera de acceso interno a los apartamentos y ascensor de servicio, ESTE: Fachada Este del edificio que es su frente y: OESTE: fachada Oeste del edificio. Así mismo, el referido apartamento tiene tres (3) puestos de estacionamiento asignados, los cuales están signados con los números 18, 19 y 20 y se encuentran ubicados en el área de planta baja del edificio, cuyos linderos y demás medidas se especifican en el documento de condominio el cual fue registrado ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara en fecha 22 de Noviembre de 1993, bajo el número 12. folio 1 al 13. Protocolo Primero, tomo 7 y un (1) maletero identificado con el número dos (2), ubicado en el área de la planta baja del edificio, El porcentaje sobre bienes, derechos y obligaciones comunes del Edificio citado y en la proporción que le corresponde al apartamento número 2 es de diez enteros con cero centésimas por ciento (10.00%). Este inmueble se encuentra inscrito ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 19 de Febrero del 2019, bajo el Nro. 2017.1541, Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el Nro. 362.11.2.3.8506, correspondiente al Libro del Folio Real del Año 2017.
IV. Inmueble constituido por una parcela de terreno para uso de VIVIENDA, ubicada en: barrio el caribe, vereda 1 con 4, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, distinguida con el Código Catastral N° 227-0001-001, con una superficie de DOS MIL SETECIENTOS VEINTITRES METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (2.723,64 M2); alinderado de la siguiente manera: NORTE: En línea de 33,25 mts. con LA VEREDA 1, SUR: En linea de 24,35 mts con inmueble ocupado por INGRID DIAZ y otra línea de 19,20 mts. con inmueble ocupado por SULPICIO HERNANDEZ; ESTE: En linea de 32,10 mts. con LA CALLE 4. Y OESTE: En linea de 62,65 mts. con inmueble ocupado por FRANCILIA PEÑA y otra linea de 19,45 mts. con inmueble ocupado por INGRID DIAZ. Dicho inmueble se encuentra nscrito ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 7 de julio del 2021, inscrito bajo el Nro. 2021.252, asiento registral 1, del inmueble matriculado con el número 363.11.2.7.6072.
V. Inmueble constituido por Un apartamento con código catastral número 01-00U-006-17C-01-000-26, distinguido con la doble numeración 25-26 por cuanto inicialmente estaba conformado por dos (2) unidades inmobiliarias (25 y 26) que fueron unificadas e integradas quedando constituido por un solo inmueble con una doble numeración (25-26), destinado a un solo propietario, y se encuentra ubicado en la planta alta del Edificio denominado "Centro Vacacional Tucarigua", Avenida Silva de esta ciudad de Tucacas, Estado Falcón, enmarcado dentro de los siguientes linderos generales NORTE: Prolongación de la Avenida Silva que es su frente; SUR: Playa del Mar Caribe, ESTE: Casa que es o fue de Rafael Núñez, y OESTE: Callejón sin nombre hacia la playa. Dicho Dicho apartamento consta de un área total de Noventa y Nueve metros cuadrados con ochenta y cinco centímetros cuadrados (99,85Mts2), contando con cocina, comedor, cuatro cuartos y un baño y a su vez se encuentra enmarcado dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Espacio de la escalera y corredor; SUR: Fachada sur del Edificio o sea Playa Mar Caribe; ESTE: Patio común del Edificio y; OESTE: fachada oeste del edificio. El local distinguido con el número 25 es una oficina con entrada independiente desde el comedor que tiene un área de veintiocho metros cuadrados con sesenta y cinco centimetros cuadrados (28,65mts2) de forma irregular con ventanal de bloques de ventilación hacia el patio común y una toma de aire con bloques de ventilación en la pared hacia la escalera. Dicho local oficina está colindante e incorporado con el apartamento número 26 que tiene las siguientes características: un área total de setenta y un metros cuadrados con veinte centimetros cuadrados (71,20mts2) y consta de un porche-recibo con corredor hacia el sitio donde está instalada la batea para uso exclusivo del apartamento y otro corredor hacia la salida municipal que se une con la escalera, una cocina comedor completa de closet de madera, un ventanal de bloques de ventilación y una ventana de madera que da sobre la fachada del edificio; dos (2) dormitorios con su closet de madera y cada uno con ventanal de bloques de ventilación y ventana de madera, un cuarto de baño porcenalizado con su ventana de madera hacia el lado oeste del edificio; dos puertas de madera de entrada principal para el local-oficina y el apartamento respectivamente, tres (3) puertas de madera para los dormitorios y el baño respectivamente, quedando conformado el mencionado inmueble con un área total de Noventa y Nueve metros cuadrados con ochenta y cinco centímetros cuadrados (99,85Mts2). El documento se encuentra inscrito ante el Registro Público de los Municipios José Laurencio Silva, Monseñor Iturriza y Palmazola Estado Falcón, en fecha 8 de julio de 2019, inscrito bajo el Nro. 2019.382, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nro. 340.9.12.1.9076 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2019.
SEGUNDO: Anotación preventiva de la Litis, en el Registro Mercantil Primero del Estado Lara en relación con las acciones de la empresa Copermi Perforaciones, C A.inscrita en el referido Registro Mercantil en fecha 10 de Diciembre de 1987, bajo el Nro. 67, Tomo: 5J, EXPEDIENTE NRO. 4384, consistente en informar o alertar sobre la existencia del presente juicio, evitando así que terceros contraten de buena fe sobre los bienes implicados en el presente juicio, debiendo el Tribunal participar mediante oficio a la Oficina de registro Mercantil donde está inscrita la empresa co demandada ya indicada.
TERCERO: De conformidad con el artículo 41 del Código de Comercio, solicito se ordene la exhibición de los Libros de la Empresa Copermi Perforaciones, C.A., a fin de realizar experticia contable y determinar el valor real de las acciones para el momento de la compra venta de las acciones. En la norma se establece esta medida cuando se trate de causas relacionadas con sucesión universal y comunidad de bienes.

Ahora bien, bajo los argumentos en que fueron solicitadas las medidas pasa esta Juzgadora a proveer en los siguientes fundamentos:

-III-
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

El artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, dispone lo siguiente:
“Las medidas preventivas establecidas en este Título las decretará el Juez, sólo cuando exista riesgo manifiesto de que quede ilusoria la ejecución del fallo y siempre que se acompañe un medio de prueba que constituya presunción grave de esta circunstancia y del derecho que se reclama”
Si bien, sostiene el autor Rafael Ortiz Ortiz, en su obra “Las Medidas Cautelares”, Tomo I, en torno al Poder Cautelar, que éste debe entenderse “(…) como la potestad otorgada a los jueces y dimanante de la voluntad del legislador para dictar las decisiones cautelares que sean adecuadas y pertinentes en el marco de un proceso jurisdiccional y con la finalidad de evitar el acaecimiento de un daño o una lesión irreparable a los derechos de las partes y a la majestad de la justicia (…)”. Allí se enmarca su actuación en un poder-deber, en el entendido de que el juez, si bien normativamente tiene la competencia para dictar cautelas en el proceso, éste necesariamente debe dictarlas en los supuestos en que se encuentren llenos los requisitos esenciales para su procedencia, evitando con ello la discrecionalidad del sentenciador. Es a su vez un poder preventivo más no resolutorio de la pretensión debatida, pues no busca restablecer la situación de los litigantes como en el caso -verbigracia- del Amparo, sino que busca la protección de la ejecución futura del fallo, garantizando con ello las resultas del proceso.
Entonces, las medidas cautelares son aquellas mediante las cuales el poder jurisdiccional satisface el interés particular de asegurar un derecho aun no declarado, o en palabras de Mario Pesci Feltri Martínez, en su obra “Estudios de Derecho procesal Civil”, Editorial Jurídica Venezolana, Caracas, 1999”, son las que tienen” (…) como finalidad asegurar al demandante el resultado que se ha propuesto obtener al requerir la intervención del órgano Jurisdiccional (…)”.
En atención a lo antes anunciado, se entiende que las medidas preventivas, son disposiciones de precaución adoptadas por el Juez, a instancia de parte, a fin de asegurar los bienes litigiosos, evitar la insolvencia del obligado antes de la sentencia, evitar que una de las partes cause cualquier lesión grave o de difícil reparación al derecho de la otra; en fin dichas medidas deben ser decretadas a objeto que se cumpla con el fin ulterior del proceso, cual es la justicia; por lo que para la procedencia de las mismas, la parte solicitante debe invocar y acreditar los requisitos exigidos en dicha norma, y una vez comprobada la existencia de los extremos para ello, -vale decir- fomus bonis iuris, periculum in mora y y en el caso de las cautelares innominadas o atípicasel periculum in damni, siendo obligación del juez decretar la medida. En ese sentido, la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 15/09/2004, en el expediente N° 03-902, señaló:
“…Para que se acuerden las cautelares señaladas en el artículo 588 parágrafo primero del Código de Procedimiento Civil, se hace necesario que el solicitante, mediante los alegatos que esgrima en el libelo de la demanda, como en otros elementos aportados, lleve al convencimiento del juez que evidentemente existe presunción de buen derecho y del temor fundado de que quede ilusoria la ejecución del fallo; lo que se traduce en ineludible apremio de llevar al ánimo del juez que el derecho reclamado realmente existe y que de no ser acordada la medida peticionada, se esté ante el peligro de que la decisión que se dicte en la resolución de la controversia, se convierta en inejecutable, en razón de la posibilidad de haberse modificado las condiciones patrimoniales del obligado, durante el lapso que mediara entre la solicitud de las cautelares y el cumplimiento efectivo de la decisión de fondo que se dicte.…”
En el presente caso, el Tribunal observa que la solicitante señaló el fumus bonis iuris, surge de los documentos fundamentales que se acompañan. En anteriores apartes de este libelo hemos hecho referencia a antecedentes jurisprudenciales donde el Máximo Tribunal de la República, a través de las Salas Civil y la Constitucional, han determinado que la documental es la prueba por excelencia en el juicio por simulación y en la flexibilidad que deben mostrar los jueces en su apreciación, aunque en este caso los elementos están muy claos. El pericullum in mora (potencialidad de inejecución del fallo), que surge del tiempo que habitualmente tardan los juicios en Venezuela, lo que le consta al operador de justicia por máxima de experiencia. En relación a la procedibilidad de este elemento escribe el tratadista nacional Ricardo Henríquez La Roche (Código de Procedimiento Civil, Tomo IV. Edición 1997. Pág. 302)…omissis…”El peligro de la mora tiene dos causas motivas: una constante y notoria, que no necesita ser probada, cual es la inexcusable tardanza del juicio de conocimiento, el arco de tiempo que necesariamente transcurre desde la deducción de la demanda hasta la sentencia ejecutoriada…omissis”. el llamado perículum in damni (potencialidad del daño), o sea, la posibilidad del ejercicio inmediato de los derechos de propiedad que me corresponden sobre la alícuota en la herencia deferida por su padre, lo cual es fácilmente perceptible para la acción ilegítima de los demandados impide el ejercicio cabal de los atributos de la propiedad como el derecho de usar, gozar y disponer inmediatamente de los bienes que proporcionalmente le corresponden.
Por todos los argumentos y razonamientos anteriormente esbozados, esta juzgadora al haber realizado el proceso intelectivo que exige el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, comprueba que la parte actora ha cumplido con la carga procesal exigida por la norma, por lo que debe este órgano jurisdiccional, forzosamente, decretar la MEDIDA CAUTELARE NOMINADA DE PRHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR E INNOMINADA DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE LA LITIS solicitada; a excepción de la MEDIDA INNOMINADA consistente en que de conformidad con el artículo 41 del Código de Comercio, solicito se ordene la exhibición de los Libros de la Empresa Copermi Perforaciones, C.A., a fin de realizar experticia contable y determinar el valor real de las acciones para el momento de la compra venta de las acciones. En la norma se establece esta medida cuando se trate de causas relacionadas con sucesión universal y comunidad de bienes, por cuanto dicha cautelar no fue debidamente fundamentada en relación a los hechos de control y ejecución de la misma, a demás de no ilustrar a quien aquí se pronuncia sobre la urgencia, pertinencia y necesidad de ella, Así se decide.-
-IV-
DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideración es, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre los siguientes bienes: a) Inmueble constituido por un terreno con un superficie original de CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (5.646,69 M2) y el galpón sobre ella construido ubicado en la Zona Industrial I de Barquisimeto, Estado Lara, específicamente en la carrera 4, cruce con las calles 10 y 11, Municipio Iribarren, Parroquia Unión, fue objeto de una división de parcela por Resolución 024-2020 de fecha 19 de noviembre de 2020 emanada de la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Iribarren del Estado Lara, quedando el terreno dividido en tres (03) parcelas: PARCELA NRO 1: con un área de terreno de TRESMIL NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (3.094,78 m2), enmarcada dentro de los siguientes linderos; Norte: En línea de 89,85 m. con inmuebles ocupados por Gonzalo Contreras y Salvador Dávila, Sur: En línea de 89,67 m. con inmueble ocupado por Copermi Perforaciones, C.A.; Este: en línea de 34,55 metros con la calle 10, y Oeste: En línea de 34,57 m. con la calle 11, identificada dicha parcela con el Código Catastral Nro. 13-0307-U01-404-0019-011-000; PARCELA NRO 2: con un área de terreno de MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (1.282,65 m2), enmarcada dentro de los siguientes linderos: Norte: En línea de 45,08 m. con inmuebles ocupados por Copermi Perforaciones C.A, Sur: En dos líneas, una de 40,86 m y otra de 5,20 m. con carrera 4. Este: en línea de 25,80 metros con la calle 10, y Oeste: En línea de 28,70 m. con inmuebles ocupados por Copermi Perforaciones C.A., e identificado con el Código Catastral Nro. 13-03-07-U0I -404-0019-012-000; y PARCELA NRO 3: con un área de terreno de MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VENTISEIS CENTIMETROS CUADRADOS (1.269,26 m2), enmarcada dentro de los siguientes linderos; Norte: En línea de 44,58 m. con inmuebles ocupados por Copermi Perforaciones C.A.; Sur: En línea de 44,43m. con la carrera 4; Este: en línea de 44,43m con inmuebles ocupados por Copermi Perforaciones C.A.; y Oeste: en línea de 28,60 m. con inmuebles ocupados por Copermi Perforaciones C.A. e identificado con el Código Catastral Nro.13-03-07-U01-404-0019-013-000. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 29 de Octubre del 2021, número 2021.744, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nro. 363.11.2.4.4535, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2021; b) Inmueble constituido por un terreno y las bienhechurías sobre el construidas, consistentes en Un edificio con un área de QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (585,00 m2) que luego de establecerse los retiros conforme a la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística vigente, tiene un área de QUINIENTOS SIETE METROS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (507,59 m2), ubicado en la carrera 19 cruce con calle 45, número 45-6, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, con código catastral nro. 13-03-02-U01-205-1945-001-000 y todas las bienhechurías sobre el construidas consistentes en un edificio con un área de MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CON SETENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (1.351,76 m2.) aproximadamente, que comprende cuatro (04) plantas: planta baja, planta mezzanina, primero y segundo piso, que contienen: PLANTA BAJA; tiene un área aproximadamente de QUINIENTOS SIETE METROS CON TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS (507,30 m2), en la misma se encuentran 8 puestos de estacionamiento, enumerados del 1 al 8 respectivamente, demarcados en el pavimento, de aproximadamente doce metros cuadrados cada uno (12,00 m2.) un área de circulación de vehículos de CIENTO SEIS METROS CUADRADOS (106,00 m2), que da a la reja de acceso de vehículos por la calle 45, entrada peatonal por la calle 45 que conduce a un área de circulación interna que da acceso a las escaleras que llevan a las plantas superiores donde se encuentran las oficinas, de aproximadamente (11,50 m2). La planta bajaconsta de dos locales comerciales signados con los números 1 y 2, de aproximadamente (136,50 m2) el número 1 y (148,90 m2) el número 2; un cuarto de aseo y un lava mopas de aproximadamente (2,55 m2); un cuarto de hidroneumático de aproximadamente (4,25 m2); y un área destinada al tablero general de electricidad de aproximadamente (1,60 m2). PLANTA MEZZANINA: tiene un área aproximada de DOSCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS (205,00 M2). En esta planta se encuentra un área de construcción de escaleras que conduce a las plantas superiores donde se encuentran las oficinas de aproximadamente (13,75 m2) y las mezzaninas de los locales comerciales nro. 1 y 2, de aproximadamente (88,50 m2) la mezzanina del local 1, y de (102,75 m2) la mezzanina del local nro. 2. PRIMER PISO: tiene un área aproximada de trescientos diecinueve metros cuadrados con setenta y tres centímetros cuadrados(319,73 m2). Un área de circulación de escaleras de aproximadamente (11,25 m2) que conduce a un pasillo de circulación de aproximadamente (17,10 m2.) que da acceso a las oficinas, y las oficinas 1,2,3 y 4, de aproximadamente (68,60 m2) la número 1; de (71,25 m2) la número 2; de (71,25 m2) la número 3; de (80,28 m2) la número 4. SEGUNDO PISO: tiene un área aproximada de trescientos diecinueve metros cuadrados con setenta y tres centímetros cuadrados(319,73 m2); Un área de circulación de escaleras de aproximadamente (11,25 m2) que conduce a un pasillo de circulación de aproximadamente (17,10 m2) que da acceso a las oficinas; y las oficinas 5,6,7 y 8, de aproximadamente (68,60 m2) la número 5; de (71,52 m2) la número 6; de (71,25 m2) la número 7; y de (80,28 m2) la número 8. DE LOS LOCALES COMERCIALES: LOCAL COMERCIAL NRO.1 El local comercial nro. 1 está ubicado en la planta baja y mezzanina del edificio, con código catastral 13-03-02-U01-205-1945-001-001PBLC1, le corresponde el VENTIUN PUNTO VENTITRES POR CIENTO (21.23%) sobre las cargas comunes del edificio y tiene un área aproximadamente de (224,90 m2); su acceso es por la carrera 19 y consta de dos (02) baños en planta baja y dos (02) baños en planta mezzanina, así como área del local propiamente dicho, la planta baja del local comercial Nro. 1 está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 9,65 metros con la carrera 19 que es su frente; SUR: en línea de 9,65 m. en parte con escalera del edificio y en parte con el área de circulación de vehículos del estacionamiento; ESTE: en línea de 13,25 mts con la calle 45 y en parte con el cuarto de aseo y OESTE: en línea de 15,90 metros con local comercial Nro. 2. La mezzanina del local comercial Nro. 1 está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 9,65 metros con la fachada norte del edificio que da a la carrera 19; SUR: en línea de 3,95 m. con fachada sur del edificio que da hacia el estacionamiento y con escalera de circulación común; ESTE: en línea de 8,00 mts con fachada este del edificio que da hacia la calle 45 con escalera de circulación común del edificio y OESTE: en línea de 10,65 metros con la mezzanina del local comercial Nro. 2. LOCAL COMERCIAL NRO.2 el local comercial Nro. 2 está ubicado en la planta baja y mezzanina del edificio, con código catastral nro. 13-03-02-U01-205-1945-001-001PBLC2, le corresponde el VENTITRES PUNTO SETENTA Y CINCO POR CIENTO (23.75%) de cargas comunes del edificio y tiene un área aproximadamente de 251,65 m2, su acceso es por la carrera 19 y consta de dos (02) baños en planta baja y dos (02) baños en planta mezzanina, así como área del local propiamente dicho, la planta baja del local comercial nro. 2 está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 9,65 metros con fachada norte del edificio que da hacia la carrera 19 que es su frente; SUR: en línea de 7,95 m. en parte con el cuarto del hidroneumático del edificio y en parte con el área de circulación de vehículos del estacionamiento, ESTE: en línea de 15,90 mts, con local comercial nro. 1 y OESTE: en parte con la fachada oeste del edificio y en parte con el cuarto del hidroneumático del edificio. La mezzanina del local comercial nro. 2 está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 9,65 metros con la fachada norte del edificio que da a la carrera 19. SUR: en línea de 9,65 m. con fachada sur del edificio que da hacia el área de circulación del estacionamiento, ESTE: en línea de 10,65 mts con la mezzanina del local comercial nro.1 y OESTE: en línea de 10,65 metros con la fachada oeste del edificio. DE LAS OFICINAS: OFICINA NUMERO 1; La oficina nro. 1 está ubicada en el primer piso del edificio, con código catastral 13-03-02-U01-205-1945-001-00101OF1, le corresponde el SEIS PUNTO CUARENTA Y OCHO POR CIENTO (6.48%) de cargas comunes del edificio, y tiene un área aproximadamente de 68,60 m2, y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 4.90 metros con fachada norte del edificio que da hacia la carrera 19. SUR: en línea de 4,90 m. en parte con escalera común y en parte con pasillo de circulación que da acceso a las oficinas número 2, 3 y 4, ESTE: en línea de 13,95 mts con fachada Este del edificio que da hacia la calle 45; y OESTE: en línea de 13,95 metros con la oficina nro. 2. OFICINA NUMERO 2; La oficina nro. 2 está ubicada en el primer piso del edificio, con código catastral 13-03-02-U01-205-1945-001-00101OF2, le corresponde el seis punto setenta y tres por ciento (6,73%) de las cargas comunes del edificio y tiene un área aproximada de 71.25 M2 está dentro de los siguientes linderos: NORTE:En 4,90 mts con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19; SUR: En 4,90 mts. con pasillo de circulación que da acceso a las oficinas número 3 y 4; ESTE: En 15,00 ML con oficina número 1 y OESTE: En 15.00 ML con la oficina número 3. OFICINA NÚMERO 3. La oficina número 3 está ubicada en el primer piso del Edificio con código catastral número 13-03-02-101-205-1945-001-00101OF3, le corresponde el seis punto setenta y tres por ciento (6,73%) de cargas comunes del edificio y tiene un área aproximada de 71,25 M2 y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 4,90 ML con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19: SUR: En 4,90 ML con pasillo de circulación que da acceso a la oficina número 4; ESTE: En 15.00 ML oficina número 2 y OESTE: En 15,00ML con la oficina número 4. OFICINA NÚMERO 4. La oficina número 4 está ubicada en el primer piso del Edificio con código catastral número 13-03-02-001-205-1945-001-00101OF4, le corresponde el siete punto cincuenta y siete por ciento (7,57%) de cargas comunes del edificio y tiene un area aproximada de 80,28 M2 y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 4,75 ML con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19: SUR: En 4.75 ML. con fachada sur del Edificio que da hacia el área de circulación de vehículos del estacionamiento y pasillo de circulación: ESTE: En 16,90 ML con oficina número 3 y pasillo de circulación y OESTE: En 16,90ML con fachada oeste del Edificio. OFICINA NÚMERO 5. La oficina número 5 está ubicada en el segundo piso del Edificio con código catastral número 13-03-02-U01-205-1945-001-00102OF5, le corresponde el seis punto cuarenta y ocho/por ciento (6,48%) de cargas comunes del edificio y tiene un área aproximada de 68.60 M2 y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 4.90 ML con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19; SUR: En 4,90 ML en parte con escalera común y en parte con pasillo de circulación que da acceso a las oficinas número 6,7 y 8; ESTE: En 13,95 ML con fachada Este del Edificio que da hacia la calle 45 y OESTE: En 13,95 ML con la oficina número 6. OFICINA NÚMERO 6. La oficina número 6 está ubicada en el segundo piso del Edificio con código catastral número 13-03-02-U01-205-1945-001-001020F6. tiene un área aproximada de 71,25 M2, le corresponde el seis punto setenta y tres por ciento (6,73%) de cargas comunes del edificio y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 4.90 ML con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19: SUR: En 4.90 ML con pasillo de circulación que da acceso a las oficinas número 7 y 8: ESTE: En 15,00 ML. conoficina número 5 y OESTE: En 15,00 ML con la oficina número 7. OFICINA NÚMERO 7:La oficina número 7 está ubicada en el segundo piso del Edificio con código catastral número 13-03-02-U01-205-1945-001-00102OF7, tiene un área aproximada de 71,25 M2, le corresponde el seis punto setenta y tres por ciento (6,73%) de cargas comunes del edificio y está comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 4,90 ML. con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19: SUR: En 4,90 ML con pasillo de circulación que da acceso a la oficina número 8; ESTE: En 15,00 ML. con oficina número 6 y OESTE: En15,00 ML con la oficina número 8. OFICINA NÚMERO 8. La oficina número 8 está ubicada en el segundo piso del Edificio con código catastral número 13-03-02-U01-205-1945-001-00102OF8, tiene un área aproximada de 80,28 M2, le corresponde el siete punto cincuenta y siete por ciento (7,57%) de cargas comunes del edificio y está comprendida dentro de los siguientes linderos; NORTE: En 4,75 ML con fachada norte del Edificio que da hacia la carrera 19; SUR: En 4.75 ML con fachada sur del Edificio que da hacia el área de circulación de vehículos del estacionamiento y pasillo de circulación; ESTE: En 16,90 ML con oficina número 7 y pasillo de circulación y OESTE: En 16,90 ML con fachada oeste del Edificio. DELOS PUESTOS DE ESTACIONAMIENTO: PUESTO DE ESTACIONAMIENTONÚMERO1. El puesto de estacionamiento número 1 pertenece y forma parte de la oficina número 1, tiene un área aproximada de 12,00M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2,40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento; SUR: En 2,40 ML con pared de la fachada sur del inmueble; ESTE: En 5.00 ML con pared de la fachada Este del Edificio que da hacia la calle 45 y OESTE: En 5.00 ML con el puesto de estacionamiento número 2. PUESTO DE ESTACIONAMIENTONÚMERO 2. El puesto de estacionamiento número 2 pertenece y forma parte de la oficina número 2, tiene un área aproximada de 12,00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2,40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento; SUR: En 2,40 ML con pared de la fachada sur del inmueble: ESTE: En 5.00 ML con el puesto de estacionamiento número 1 y OESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento número 3. PUESTO DE ESTACIONAMIENTO NÚMERO 3. El puesto de estacionamiento número 3 pertenece y forma parte de la oficina número 3. Tiene un área aproximada de 12,00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2,40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento: SUR. En 2.40 ML con pared de la fachada sur del inmueble, ESTE: En 5.00 ML con estacionamiento número 2 y OESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento 4. PUESTO DE ESTACIONAMIENTO NÚMERO 4. El puesto de estacionamiento número 4 pertenece v forma parte de la oficina número 4. tiene un área aproximada de 12.00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2.40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento; SUR: En 2,40 ML con pared de la fachada sur del inmueble; ESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento número 3; OESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento número 5. PUESTO DE ESTACIONAMIENTO NÚMERO 5. El puesto de estacionamiento número 5 pertenece y forma parte de la oficina número 5, tiene un área aproximada de 12.00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2,40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento: SUR: En 2.40 ML con pared de la fachada sur del inmueble; ESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento número 4 y OESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento número 6. PUESTO DE ESTACIONAMIENTO NÚMERO 6. El puesto de estacionamiento número 6 pertenece y forma parte de la oficina número 6, tiene un área aproximada de 12.00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2,40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento; SUR: En 2,40 ML con pared de la fachada sur del inmueble; ESTE: En 5,00 ML. con el puesto de estacionamiento número 5 y OESTE: En 5.00 ML con el puesto de estacionamiento número 7. PUESTO DE ESTACIONAMIENTO NÚMERO 7. El puesto de estacionamiento número 7 pertenece y forma parte de la oficina número 7, tiene un área aproximada de 12,00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: En 2,40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento; SUR: En 2,40 ML con pared de la fachada sur del inmueble: ESTE: En 5.00 ML con el puesto de estacionamiento número 6 y OESTE: En 5,00 ML con el puesto de estacionamiento número 8. PUESTO DE ESTACIONAMIENTO NÚMERO 8. El puesto de estacionamiento número 8 pertenece y forma parte de la oficina número 8, tiene un área aproximada de 12,00 M2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 2.40 ML con área de circulación de vehículos del estacionamiento; SUR: En 2,40 ML con pared de la fachada sur del inmueble; ESTE: En 5,00 ML. con el puesto de estacionamiento número 7 y OESTE: En 5,00ML con pared medianera de la fachada sur del Edificio, todo lo cual consta de documento de condominio debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna (hoy Oficina de Registro Público) del Segundo Circuito de Registro del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 21 de Diciembre de 1998, anotado bajo el número 13, tomo 15, Protocolo Primero. Dicho inmueble se encuentra enmarcado dentro de los siguientes linderos generales: NORTE: Con la carrera 19 que es su frente; SUR: Con casa que es o fue de Yolanda Figueroa; ESTE: Con la calle 45 y: OESTE: Con casa y solar que es o fue de Balbino Rodríguez. Este documento quedó inscrito bajo el Número 2018.614. Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9303, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.615, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9304, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.616, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9305, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.617, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9306, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.618, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9307, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.619, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9308, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.620, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9309, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.621, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9310, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.622, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9311, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018, Número 2018.623, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 363.11.2.2.9312 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2018; c) Un apartamento distinguido con el número 2, ubicado en el segundo piso del edificio denominado "Residencias Altamonte" código catastral número 13-03-05-U01-303-0011-030-00102002, el cual se encuentra construido sobre un terreno situado en el sitio denominado el piñal, parroquia Santa Rosa, del Municipio Iribarren del Estado Lara, de Barquisimeto, dicho apartamento tiene un área de Doscientos sesenta y cinco metros cuadrados (265,00 Mts2), contando con un hall de entrada de servicio, cuarto de basura, cocina, lavadero dormitorio y baño de servicio, comedor terraza, sala principal, biblioteca, ascensor principal, baño auxiliar, pasillo de distribución, estar íntimo, dos dormitorios con sus respectivos baños, dormitorio principal con vestier y baño principal y sus linderos particulares son los siguientes: NORTE: Fachada norte del edificio; SUR: Fachada sur del edificio con escalera de acceso interno a los apartamentos y ascensor de servicio, ESTE: Fachada Este del edificio que es su frente y: OESTE: fachada Oeste del edificio. Así mismo, el referido apartamento tiene tres (3) puestos de estacionamiento asignados, los cuales están signados con los números 18, 19 y 20 y se encuentran ubicados en el área de planta baja del edificio, cuyos linderos y demás medidas se especifican en el documento de condominio el cual fue registrado ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara en fecha 22 de Noviembre de 1993, bajo el número 12. folio 1 al 13. Protocolo Primero, tomo 7 y un (1) maletero identificado con el número dos (2), ubicado en el área de la planta baja del edificio, El porcentaje sobre bienes, derechos y obligaciones comunes del Edificio citado y en la proporción que le corresponde al apartamento número 2 es de diez enteros con cero centésimas por ciento (10.00%). Este inmueble se encuentra inscrito ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 19 de Febrero del 2019, bajo el Nro. 2017.1541, Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el Nro. 362.11.2.3.8506, correspondiente al Libro del Folio Real del Año 2017; d) Inmueble constituido por una parcela de terreno para uso de VIVIENDA, ubicada en: barrio el caribe, vereda 1 con 4, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, distinguida con el Código Catastral N° 227-0001-001, con una superficie de DOS MIL SETECIENTOS VEINTITRES METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (2.723,64 M2); alinderado de la siguiente manera: NORTE: En línea de 33,25 mts. con LA VEREDA 1, SUR: En linea de 24,35 mts con inmueble ocupado por INGRID DIAZ y otra línea de 19,20 mts. con inmueble ocupado por SULPICIO HERNANDEZ; ESTE: En linea de 32,10 mts. con LA CALLE 4. Y OESTE: En linea de 62,65 mts. con inmueble ocupado por FRANCILIA PEÑA y otra linea de 19,45 mts. con inmueble ocupado por INGRID DIAZ. Dicho inmueble se encuentra nscrito ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 7 de julio del 2021, inscrito bajo el Nro. 2021.252, asiento registral 1, del inmueble matriculado con el número 363.11.2.7.6072 y e) Inmueble constituido por Un apartamento con código catastral número 01-00U-006-17C-01-000-26, distinguido con la doble numeración 25-26 por cuanto inicialmente estaba conformado por dos (2) unidades inmobiliarias (25 y 26) que fueron unificadas e integradas quedando constituido por un solo inmueble con una doble numeración (25-26), destinado a un solo propietario, y se encuentra ubicado en la planta alta del Edificio denominado "Centro Vacacional Tucarigua", Avenida Silva de esta ciudad de Tucacas, Estado Falcón, enmarcado dentro de los siguientes linderos generales NORTE: Prolongación de la Avenida Silva que es su frente; SUR: Playa del Mar Caribe, ESTE: Casa que es o fue de Rafael Núñez, y OESTE: Callejón sin nombre hacia la playa. Dicho apartamento consta de un área total de Noventa y Nueve metros cuadrados con ochenta y cinco centímetros cuadrados (99,85Mts2), contando con cocina, comedor, cuatro cuartos y un baño y a su vez se encuentra enmarcado dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Espacio de la escalera y corredor; SUR: Fachada sur del Edificio o sea Playa Mar Caribe; ESTE: Patio común del Edificio y; OESTE: fachada oeste del edificio. El local distinguido con el número 25 es una oficina con entrada independiente desde el comedor que tiene un área de veintiocho metros cuadrados con sesenta y cinco centímetros cuadrados (28,65mts2) de forma irregular con ventanal de bloques de ventilación hacia el patio común y una toma de aire con bloques de ventilación en la pared hacia la escalera. Dicho local oficina está colindante e incorporado con el apartamento número 26 que tiene las siguientes características: un área total de setenta y un metros cuadrados con veinte centímetros cuadrados (71,20mts2) y consta de un porche-recibo con corredor hacia el sitio donde está instalada la batea para uso exclusivo del apartamento y otro corredor hacia la salida municipal que se une con la escalera, una cocina comedor completa de closet de madera, un ventanal de bloques de ventilación y una ventana de madera que da sobre la fachada del edificio; dos (2) dormitorios con su closet de madera y cada uno con ventanal de bloques de ventilación y ventana de madera, un cuarto de baño porcenalizado con su ventana de madera hacia el lado oeste del edificio; dos puertas de madera de entrada principal para el local-oficina y el apartamento respectivamente, tres (3) puertas de madera para los dormitorios y el baño respectivamente, quedando conformado el mencionado inmueble con un área total de Noventa y Nueve metros cuadrados con ochenta y cinco centímetros cuadrados (99,85Mts2). El documento se encuentra inscrito ante el Registro Público de los Municipios José Laurencio Silva, Monseñor Iturriza y Palmazola Estado Falcón, en fecha 8 de julio de 2019, inscrito bajo el Nro. 2019.382, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nro. 340.9.12.1.9076 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2019.; SEGUNDO: SE DECRETA MEDIDA INNOMINADA DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE LA LITIS; en consecuencia, oficiar al Registro Mercantil Primero del Estado Lara en relación con las acciones de la empresa Copermi Perforaciones, C A. inscrita en el referido Registro Mercantil en fecha 10 de Diciembre de 1987, bajo el Nro. 67, Tomo: 5J, EXPEDIENTE NRO. 4384, consistente en informar o alertar sobre la existencia del presente juicio, evitando así que terceros contraten de buena fe sobre los bienes implicados en el presente juicio. TERCERO: SE NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA consistente en que de conformidad con el artículo 41 del Código de Comercio, se ordene la exhibición de los Libros de la Empresa Copermi Perforaciones, C.A., a fin de realizar experticia contable y determinar el valor real de las acciones para el momento de la compra venta de las acciones; CUARTO: Líbrense respectivos oficios a la oficina Registro Público y Registro Mercantil, a los fines de que estampen la nota marginal respectiva. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto, a los veintidós (22) días de mayo de dos mil veinticinco (2025). Año 215º de la Independencia y 166º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO

ABG. MILANGELA MERCEDES JIMÉNEZ ESCALONA
LA SECRETARIA ACC.

ABG. ROXANA JOSÉ RAMÍREZ CATARÍ

En esta misma fecha siendo las 10:00 am., se publicó y registró la anterior decisión previa las formalidades de ley.

LA SECRETARIA ACC.

ABG. ROXANA JOSÉ RAMÍREZ CATARÍ