REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de mayo de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-001215
SOLICITANTE: CLAUDIO SIDONIO GOMES RODRIGUEZ, en representación de la sucesión del ciudadano JOSE SIDONIO GOMES NUNES, tal como consta en certificado de solvencia de sucesiones y donaciones nro. 0046/2020, RIF de la sucesión J-500028563, quien es venezolano, mayor de edad, casado, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°.11.434.802
ABOGADA ASISTENTE DE EL SOLICITANTE: TAHUASY BERTOLINI MIRABAL, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 69.302.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: PROPIO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
-Vista la solicitud presentada por el ciudadano CLAUDIO SIDONIO GOMES RODRIGUEZ, en representación de la sucesión del ciudadano JOSE SIDONIO GOMES NUNES, tal como consta en certificado de solvencia de sucesiones y donaciones nro. 0046/2020, RIF de la sucesión J-500028563, quien es venezolano, mayor de edad, casado, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°.11.434.802, asistido en este acto por la Abogado en Ejercicio: TAHUASY BERTOLINI MIRABAL, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 69.302, donde manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO PROPIO, con código catastral 13-03-04-U01-509-0058-010-000, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: SECTOR SUR OESTE, BARRIO 24 DE JULIO CON AVENIDA LIBERTADOR ESQUINA CALLE SAN JUAN, MUNICIPIO IRIBARREN ESTADO LARA, que mide aproximadamente NOVECIENTOS CUATRO CON SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (904,77m2), comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea de treinta metros (30,00 mts) con terrenos que son o fueron ocupados por María Sierralta; SUR: En línea de treinta metros (30,00 mts) con Calle San Juan que es su frente; ESTE: En línea de treinta metros (30,00 mts) con terrenos que son o fueron ocupados por José Nieves; y OESTE: En línea de treinta metros (30,00 mts) con Calle 4 La Esperanza.
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de las testigos, ciudadanas: ALEXIMAR PINTO SANCHEZ Y RUBY KARENA RODRIGUEZ PINTO, quienes son venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 17.619.148 y 12.851.341, respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la sucesión: JOSE SIDONIO GOMES NUNES, ya anteriormente identificada.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los cinco (05) días del mes de Mayo del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero. La Secretaria,
María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 09:10 A.M.
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
HARB/MERY/LN.-