REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de mayo de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-001782
SOLICITANTE: DANIEL JOSE RODRIGUEZ POLANCO, quien es venezolano, mayor de edad, casado, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°. 17.194.325.
ABOGADA ASISTENTE DE LOS SOLICITANTES: MARIELI C. PALENCIA MUJICA, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°298.398.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: DANIEL JOSE RODRIGUEZ POLANCO, quien es venezolano, mayor de edad, casado, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°. 17.194.325., asistidos en este acto por la Abogado en Ejercicio: MARIELI C. PALENCIA MUJICA, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°298.398 donde manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyeron con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: LA CALLE 50, ENTRE CARRERA 14 Y 15, N° 14-62, SECTOR CENTRO PARROQUIA CONCEPCION DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTYADO LARA, que mide aproximadamente DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (267,00 Mts2), comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea de cincuenta y cuatro con sesenta y cinco metros (54,65 mts), con terrenos ocupados por Ana Polanco; SUR: En línea de cincuenta y cuatro con sesenta y cinco metros (54,65 mts), con terrenos ocupados por Sibia de Bello; ESTE: En línea de cuatro con noventa (4,90 mts), con la calle 50 que es su frente; y OESTE: En línea de cuatro con noventa (4,90 mts), con terrenos ocupados por Lirio Pérez.
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: DAMARY COROMOTO MARQUINA y WILSON ENRIQUE CUESTA LOPEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 17.380.412 y 17.574.857, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano: DANIEL JOSE RODRIGUEZ POLANCO, ya anteriormente identificado.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los veintitrés (23) días del mes de Mayo del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero.
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 01:00 P.M.
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
HARB / MERY / DC.-