REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de mayo de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-001160
SOLICITANTE: KATHERINE OSMARY AGÜERO RAMOS, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°.20.044.986
ABOGADA ASISTENTE DE EL SOLICITANTE: CARMEN SANTELIZ SEGOVIA, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 108.684.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
-Vista la solicitud presentada por la ciudadana KATHERINE OSMARY AGÜERO RAMOS, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°.20.044.986, asistida en este acto por el Abogado en Ejercicio: CARMEN SANTELIZ SEGOVIA, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 108.684, donde manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: KILOMETRO 8, VIA QUIBOR. SECTOR SANTA ROSALIA, URBANIZACION VILLA ISABEL, CARRERA 2 SAN JOSE, CON CALLE 4, LA ESPERANZA, PARROQUIA ANA SOTO, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, que mide aproximadamente CIENTO CINCUENTA Y NUEVE CON OCHENTA METROS CUADRADOS (159,80m2), comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea de quince metros con noventa centímetros (15,90 mts) con la carrera 2 San Jose que es su frente; SUR: En línea de quince metros con noventa centímetros (15,90mts) con terrenos ocupados por Rafael Diaz; ESTE: En línea de diez metros con cinco centímetros (10,05 mts) con terrenos ocupados por Yoneida Gutierrez; y OESTE: En línea de diez metros con cinco centímetros (10,05 mts) con Calle 4 La Esperanza.
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de las testigos, ciudadanas: MIYELIS PASTORA CATARI NOGUERA Y GABRIELA DEL CARMEN PARRA MEDINA, quienes son venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 16.750.693 y 27.629.587, respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana: KATHERINE OSMARY AGÜERO RAMOS, ya anteriormente identificado
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los dos (02) días del mes de Mayo del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero. La Secretaria,
María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 09:10 A.M.
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
HARB/MERY/LN.-