REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROSCIO Y EL CALLAO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
Guasipati, 22 de mayo del dos mil veinticinco 2025
213º y 166º
ASUNTO: TS-017-2025
PJ2025000015
Vista las anteriores actuaciones promovidas por la ciudadana MILADYS MAIBI NAVARRO DE FEBRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-10.568.023, domiciliada en el sector El Perú, Calle Principal, Finlandia, El Callao, Municipio El Callao del estado Bolívar, mediante la cual solicita sea declarada suficiente para demostrar el derecho de propiedad y posesión que les corresponde sobre unas bienhechurías con un área de construcción en un terreno de propiedad Municipal con una superficie de NOVECIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTIMETROS (907,65 M²), ubicadas en el sector El Perú, Calle Principal, Finlandia, El Callao, Municipio El Callao del estado Bolívar, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con Alianza veinte Guerreros, SUR: Con Calle Principal Finlandia, ESTE: Con Calle de acceso, OESTE: Con familia Reite, el cual posee las siguientes coordenadas UTM. Punto1: N.808564.07 E.630041.91; Punto2: N808615.17 E.63003554; Punto3: N.808615.332 E630021.35; Punto4: N.808561182 E.630021.53. El Tribunal de Conformidad con el Artículo 937 del Código Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante para asegurar la propiedad y posesión de las referidas bienhechurías a la ciudadana antes mencionada QUEDANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. - Devuélvanse originales de estas actuaciones a la parte interesada. ---------------------------------------
El Juez Provisorio.
Abg. Henrrys H. Febres Palmares.
La Secretaria
Abg. Geolmira Duque Fericelli.
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