REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Civil de Ciudad Bolívar.
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 21 de Mayo del año 2025
214º y 166º
ASUNTO: MUN-2025-704
RESOLUCIÓN Nº PJ0262025000095
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: TITO JOSE LOPEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.556.110, debidamente asistido por las ciudadanas: SUJEIMA NASSER Y ADALGIZA RIVERO, abogadas en ejercicio e inscritas en el inpreabogado bajo el N° 310.407 y 99.172, este Tribunal a los fines de proveer sobre la admisibilidad de la misma, observa:
En fecha 14/05/2025, este Tribunal dictó auto otorgándole un lapso de DOS (02) días al solicitante a los fines de consignar Titulo Supletorio señalado en el documento de propiedad, transcurrido dicho lapso no consta en autos que el solicitante haya presentado lo requerido por este Tribunal, requisito éste fundamental para la admisión de la pretensión, razón por la cual este Tribunal TERCERO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara “INADMISIBLE” la presente solicitud. Así se decide.
Por cuanto no hay más actuaciones que practicar se dar por terminado el presente asunto y se ordena su remisión al Archivo Judicial.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los Veintiuno (21) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025). Años: 214° de la Independencia y 166° de la federación.
La Juez,
Nilymar González Bermúdez La Secretaria
Ennys Barreto Escorche
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las once y treinta (11:30 a.m.) de la mañana.
La Secretaria
Ennys Barreto Escorche
NGB/EBE/Isyubel.-
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