REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Civil de Ciudad Bolívar.
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 19 de Mayo del año 2025
215º y 166º

ASUNTO: MUN-2025-612
RESOLUCIÓN Nº PJ0262025000092

Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: YRENE DEL CARMEN BONALDE SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.886.969, debidamente asistida por el ciudadano JOSE ALCALA abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 207.340, este Tribunal a los fines de proveer sobre la admisibilidad de la misma, observa:

En fecha 30/04/2025, este Tribunal dictó auto otorgándole un lapso de 5 días al solicitante a los fines de subsanar la incongruencia en el costo total de la vivienda ya que no concuerda el monto expresado en letras con el expresado en bolívares, transcurrido dicho lapso no consta en autos que el solicitante haya presentado lo requerido por este Tribunal, requisito éste fundamental para la admisión de la pretensión, razón por la cual este Tribunal TERCERO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara “INADMISIBLE” la presente solicitud. Así se decide.

Por cuanto no hay más actuaciones que practicar se dar por terminado el presente asunto y se ordena su remisión al Archivo Judicial.

Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los diecinueve (19) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025). Años: 215° de la Independencia y 166° de la federación.
La Juez,


Nilymar González Bermúdez La Secretaria

Ennys Barreto Escorche

La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las once y treinta (11:30 a.m.) de la mañana.

La Secretaria

Ennys Barreto Escorche


NGB/EBE/Oswaldo.-