REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho (28) de marzo de dos mil Veinticinco (2025)
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2025-000981
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrito por la ciudadana JUSMAIRY PAOLA LIZCANO BERRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 27.411.191, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada LEIDI SUAREZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 190.791, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de la bienhechuría ubicada en el callejón 9 entre la canal calle 13, de la quebrada La Ruezga, casa S7N, Barrio el Olivo I Sector III, Parroquia Guerrera Ana Soto, del Municipio Iribarren del Estado Lara, la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de los ciudadanos JAIKER VICENTE RINCONES DIAZ y YESICA JOSEFINA TORREALBA PEREIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-21.505.899 y V-23.835.047, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana JUSMAIRY PAOLA LIZCANO BERRIOS, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/.-
EL JUEZ PROVISORIO.
ABG. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,
ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL
Jalvarado/Lcr/acp.-.
Asiento del libro diario:_____