REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres (03) de junio del 2025
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-000966
PARTE SOLICITANTE: AILEEN VISITACIÓN MORONTA HINESTROZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.968.596.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: MIRIAM ARACELIS CUELLO ACOSTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.638.-.-
MOTIVO:
TIPO DE SENTENCIA: TITULO SUPLETORIO
DECRETO
SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS
Vista la solicitud presentada por la ciudadana AILEEN VISITACIÓN MORONTA HINESTROZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.968.596, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio MIRIAM ARACELIS CUELLO ACOSTA, inscrita en el IPSA bajo el N° 138.638, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías, que ha construido con dinero de su propio y a sus propias expensas, sobre un lote de TERRENO PROPIO, con una superficie de DOSCIENTOS DIESISEIS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS (216,92 Mts2), consistentes en una casa conformada por: Una (01) Sala, Una (01) Cocina, Tres (03) Habitaciones, Un (01) Baño, Un (01) Lavadero, Un (01) Garaje, Un (01) patio. Paredes de bloques, Techos de platabanda, pisos de granito en la sala y de cemento pulido en la cocina y las habitaciones. Cercada con paredes de bloques que son propias del inmueble descrito Ubicadas en la Avenida Rafael Urdaneta entre la Avenidas Los próceres y Francisco de Miranda. Barrió Tierra Negra. Parroquia Santa Rosa, del Municipio Iribarren del Estado Lara. Comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 10,00 Metros con terrenos ocupados por Aura Rodríguez y Lina López de Vásquez; SUR: En línea de 10,05 Metros con Av. Rafael Urdaneta que es su frente; ESTE: En línea de 21,35 Metros con terrenos ocupados por María Duran; OESTE: En línea de 22,35 Metros con terrenos ocupados por Norma Cardella. Dicho terreno le pertenece según documento debidamente registrado por ante el Registro Público del Primer circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara de fecha 11 de Diciembre del año 2007, quedando inscrito bajo el Numero 8, Folio 55 al Folio 60. Protocolo Primero. Tomo. Vigésimo Séptimo. Cuarto Trimestre del año 2007. El Costo total de dichas bienhechurías sin incluir el valor del terreno es por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs 100.000,00).-
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, JAIMAR DEL CARMEN PEÑA ROMERO Y JULIAN ANTONIO BELLO PASTRAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° 21.129.152 y 7.308.182, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 ejusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana, AILEEN VISITACIÓN MORONTA HINESTROZA, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.-
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil vigente.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los tres (03) días del mes de junio de 2025. Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.-
El Juez,
Magdiel José Torres.
La Secretaria,
Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/YamilethS.-