REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis (26) de junio del 2025
215º y 166º

ASUNTO: KP02-S-2025-001353
PARTE SOLICITANTE: ALICIA DEL CARMEN LINAREZ HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.297.051.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: MAIRIN VICTORIA GARCIA SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 318.759.-.-
MOTIVO:
TIPO DE SENTENCIA: TITULO SUPLETORIO
DECRETO


SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS

Vista la solicitud presentada por la ciudadana ALICIA DEL CARMEN LINAREZ HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.297.051, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio MAIRIN VICTORIA GARCIA SUAREZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 318.759, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías, que ha fomentado con dinero de su propio peculio construidas sobre un lote de TERRENO EJIDO, que consta de una casa con un área de construcción de DOSCIENTOS SESENTA Y DOS CON VEINTE METROS CUADRADOS (266,20 M²) conformada por paredes de bloques frisadas, techo de acerolit, piso de cemento, dos (02) habitaciones, una (01) sala, un (01) baño, una (01) cocina con mampostería, un (01) puesto de estacionamiento, un depósito, con paredes perimetrales, la cual he venido ocupando desde hace aproximadamente trece (13) años, con una posesión pacifica ininterrumpida y notoria, dicho terreno consta de una superficie de QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON DOCE METROS CUADRADOS (547,12 Mts2) y se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: en dos líneas de 7,50 y 27,00 mts, con terreno ocupado por Nicolás Hordy. SUR: en dos líneas de 29,65 y 6,30 mts con terreno ocupado por Porfiria Mendoza Garcés. ESTE: en dos líneas de 1,00 y 11,50 mts, con terreno ocupado por Nicolás Hordy y Porfilia Mendoza Garcés y OESTE: en línea de 20,00 mts con la calle 3 que es su frente. El inmueble supra mencionado tiene un valor de CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 499.995,00) el cual equivale a 55.555 U.T., sin el valor del terreno. Dichas bienhechurías me pertenecen por haberlas construido a mis únicas y propias expensas y con dinero de mi propio peculio, desde hace aproximadamente trece (13) años, y están ubicadas en el Sector La Lagunita, Calle 3 entre carreras 1 y 2 de la Parroquia Santa Rosa, en la ciudad de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara.-

Para decidir este Tribunal observa:


UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, EVERSON ALEJANDRO NAVAS ARAUJO Y JAIRO JESUS BORJAS CANELON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 20.470.115 y 25.474.100, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 ejusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana, ALICIA DEL CARMEN LINAREZ HERRERA, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.-
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil vigente.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los veintiséis (26) días del mes de junio de 2025. Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.-
El Juez,




Magdiel José Torres.

La Secretaria,

Lucila Suarez Alvarado.

MJT/LSA/YamilethS.-