REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete (17) de junio de 2025
214º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-003703
SOLICITANTE: GEISMAR SARAIT LOPEZ DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 26.732.336, Número de teléfono: 04245250890,
correo electrónico: geismar-sarait1@hotmail.com.com-
ABOGADO ASISTENTE: VERONICA BANFI, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 185.789, Teléfono: 0404245881727.-
Correo electrónico: vbanfi82@gmail.com.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.-
SENTENCIA: DECRETO.-
SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS
Vista la solicitud presentada por la ciudadana GEISMAR SARAIT LOPEZ DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 26.732.336, debidamente asistida por el abogado VERONICA BANFI, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 185.789, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyo a sus propias expensas con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente SEISCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (650 m2), ubicado en el Barrio El Jebe, calle 8, sector La Florida s/n, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren estado Lara, consta de las siguientes bienhechurías: un inmueble con paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento pulido, puertas y ventanas de hierro, con protectores; integrada por tres cuartos, una sala, una cocina, y un baño, así mismo posee servicio de aguas blancas y servidas e instalación de electricidad, que miden SESENTA Y DOS CON CINCUENTA METROS CUADRADOS (62,50 m2), comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: con terreno baldío, SUR: con Estelio Ruiz, ESTE: con la calle 8, que es su frente y OESTE: con cerro sin deforestar. Siendo el costo de las bienhechurías la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (20.000,00 BS).
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: ELIAS BERNARDO LOPEZ y EUDE STELIO RUIZ BRIZUELA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.613.843 y 11.645.973, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 eiusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana GEISMAR SARAIT LOPEZ DURAN, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los diecisiete (17) días del mes de junio de 2025. Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación.-
El Juez,
Magdiel José Torres.
La Secretaria,
Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/MaríaS. -