REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete (17) de junio de 2025
214º y 165º
ASUNTO: KN05-S-2025-000006

Vista la presente solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrita por el ciudadano: MAURO DANIEL LISCANO CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.549.465, asistido en este acto, por la Defensa Publica, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del (la) solicitante, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano: MAURO DANIEL LISCANO CORDERO, anteriormente identificada, de unas bienhechurías ubicadas en la siguiente dirección: Sector vallecito, Parroquia Unión, calle sin número, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
El Juez,




Magdiel José Torres.
La Secretaria,

Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/ María Abreu.-