REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de junio de dos mil veinticinco
Años: 215° y 166°

ASUNTO: KP02-S-2025-002075
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: FROILAN EMETERIO RAMOS COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.334.017, de este domicilio, asistido en este acto por la Abogada en Ejercicio NAILETT SANTIAGO RODRÍGUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 302.413, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en: La Carrera 5 entre las Calles 6 y 7, Nº 6-25, Barrio Unión, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO,que mide aproximadamente DOSCIENTOSSESENTAY CUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS(264,40 Mts2) cuyas características y linderos, constan en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y según consta en documento protocolizado por ante elRegistro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, en fecha 23/04/2013, inserto bajo el Nº 2013.685, Asiento Registral 1 del Inmueble, Matriculado con el Nº 363.11.2.4.2829, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2013, parcela distinguida con el Código Catastral Nº 130307U014030034003000. En consecuencia, este TribunalAdministrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano:FROILAN EMETERIO RAMOS COLMENAREZ,anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Déjese copia certificada de la presente decisión, según lo tipificado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve.
La Jueza,


Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria,


Abg. María Isabel Godoy Viloria.
MSLP/Migv/mfqa.-