REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós (22) de julio de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º
ASUNTO: KP02-V-2025-001582
DEMANDANTE: FRANKLIN ALEXANDER MENDOZA ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.760.763.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: FRANKLIN ANTONIO PARRA, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 153.298.
DEMANDADA: AURA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-2.915.138.
MOTIVO: DAÑOS Y PERJUICIOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
Visto el escrito de libelo de la demanda, presentado por el ciudadano FRANKLIN ALEXANDER MENDOZA ESCOBAR, debidamente asistido por el Abogado FRANKLIN ANTONIO PARRA, en contra de la ciudadana AURA MENDOZA, arriba todos identificados, este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
La parte actora en su escrito libelar presentado en fecha 04/07/2025, estimó su pretensión en la cantidad de CIENTO VEINTIOCHO MIL (128.300,00Bs), equivalente a MIL (1.000 €) la cual no supera la cuantía establecida para los Tribunales de Primera Instancia Civil, observándose que cuya cuantía no excede de tres mil veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco de Venezuela, según resolución N° 2023-0001, de fecha 24 de mayo de 2023, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, es por lo que corresponde conocer de la presente demanda a los Tribunales de Municipio Ordinario y Ejecutores de Medidas del Municipio Iribarren del estado Lara, todo ello de conformidad con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil. Y así se establece.
DECISIÓN
En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA por la CUANTÍA en el juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS, intentado por FRANKLIN ALEXANDER MENDOZA ESCOBAR, debidamente asistido por el Abogado FRANKLIN ANTONIO PARRA, en contra de la ciudadana AURA MENDOZA, todos ya identificados.
En consecuencia, una vez quede firme la presente decisión sin que se interponga el recurso de Ley contra la misma, se procederá a remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), para su distribución entre uno de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto, a los Veintidós (22) días del mes de Julio de dos mil veinticinco (2025). Años: 215º ° de la Independencia y 166º de la Federación.
La Juez Provisorio,
Abg. Milangela Mercedes Jiménez Escalona.
La Secretaria Temporal,
Abg. Roxana José Ramírez Catarí.
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