Vista la diligencia inserta al folio 41, suscrita por el obligado de Manutención Ciudadano: RICHARD JOSE COLMENARES MENDOZA, cedula de Identidad Nº V- 12.370-764, ampliamente identificado en autos, donde solicita la extinción de la obligación en beneficio de su hija Ciudadana: ISMERAY ELIZABETH COLNMENARES GUEDEZ, por haber alcanzado la mayoría de edad; y vista la notificación de la ciudadana: ISMERAY ELIZABETH COLNMENARES GUEDEZ realizada en FECHA 26/06/2025 por el Aguacil de este Tribunal; manifestando la prenombrada hija que si está de acuerdo con la extinción porque ella es mayor de edad, folio 46. Vista la manifestación de la beneficiaria ciudadana: ISMERAY ELIZABETH COLNMENARES GUEDEZ de haber alcanzado su mayoría de edad por haber nacido el día 28 de marzo del 2003. Este Tribual Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, para la ciudadana: ISMERAY ELIZABETH COLNMENARES GUEDEZ de conformidad con la norma contenida en el artículo 383, Literal b) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente y ASÍ SE DECIDE.
Igualmente se declara la suspensión de los descuentos realizados al ciudadano: RICHARD JOSE COLMENARES MENDOZA por concepto de pago de obligación de manutención. Ofíciese a la Empresa NESTLE DE VENEZUELA. S.A. La presente suspensión. Cúmplase.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En El Tocuyo, a los 09 días del mes de julio del año 2.025. Año 215° Independencia y 166° Federación.
La Jueza Provisoria, La Secretaria.-
Abg. Yosglide Duin León. Abg. Rosbelcy Sandoval. -
En la misma fecha se registró y se publicó la presente sentencia.
La Sec
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