REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, trece de agosto de dos mil veinticinco
215º y 166º

ASUNTO: KP12-S-2025-000272

El ciudadano ALCIDES ANTONIO VELIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.636.294, domiciliado en el sector Altos del Brasil, Carora, Parroquia Trinidad Samuel, Municipio Torres del Estado Lara; asistido por la Abogada en ejercicio LILIANA DEL CARMEN MONTES DE OCA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 161.706; presentó escrito por ante este Tribunal donde requiere se declare la inscripción de su acta de nacimiento, por cuanto nació en su propia casa en el Caserío San Francisco, Parroquia Montes de Oca, Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 05 de Junio del año 1959, siendo su madre Carmen María Veliz; manifestando que no fue presentado por lo lejos que se encontraban los Registros Civiles o instituciones competentes de su lugar de residencia. Acompañó a la solicitud original de constancia como no se encontró acta de nacimiento del solicitante en ninguna parroquia del Municipio Torres durante los años 1959 al 1969 (folio 03); copia simple del Acta de Nacimiento de su hermana Juana María (folio 04); copia simple del Acta de Nacimiento de su hermana Mirella del Carmen (folio 05); copia certificada del acta de defunción de su madre Carmen María Veliz (folio 08).
La solicitud se admitió acordándose publicar un Edicto por la prensa y notificar al ciudadano Fiscal del Ministerio Público. En fecha 15 de Julio de 2025, se acordó oír la declaración de dos testigos.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud, vencidos como fueron los diez días de despacho contados a partir de la publicación y consignación del Edicto librado, no habiendo objeción por parte del Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara en relación a lo solicitado y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanos EDDIE RAMON LUQUEZ GOMEZ y JEAN EDUARDO GONZALEZ APONTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s. V-15.057.715 y V-16.770.708, quienes dieron fe de conocer al solicitante y a su familia, constándoles que el solicitante nació en fecha 05 de Junio del año 1959, en su propia casa en el Caserío San Francisco, Parroquia Montes de Oca, Municipio Torres del Estado Lara, y que su madre es Carmen María Veliz; este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha INSCRIPCION en el sentido de que se proceda a insertar en los Libros de Nacimiento llevados por ante el Registro Civil del Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres, el Acta de Nacimiento, correspondiente al ciudadano ALCIDES ANTONIO VELIZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.636.294. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100, numeral 3 de la Ley Orgánica de Registro Civil. Expídanse copias certificadas de esta sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, trece (13) de agosto de dos mil veinticinco. Años: 215º y 166º.
El Juez,

Abg. Rafael José Martínez Rivero
La Secretaria Temporal,

Roberlyn García Montes de Oca

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 58/2025, de la Sentencias Definitivas, dictadas por este Tribunal, se publicó siendo las 12:30 p.m., y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria Temporal,

Roberlyn García Montes de Oca