REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de agosto de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-003110
SOLICITANTE: MARCOS DE JESUS LOPEZ, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°
ABOGADA ASISTENTE DEL SOLICITANTE: EGLIS MARTINEZ, quien se encuentran inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°. 170.016
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: MARCOS DE JESUS LOPEZ, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N° 4.383.723., asistido en este acto por la Abogado en Ejercicio: EGLIS MARTINEZ, quien se encuentran inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°. 170.016, quien se manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyeron con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, ubicación, medidas y linderos son los siguientes: LA CALLE 8 ENTRE CARRERAS 4 Y 5, DEL BARRIO GENERAL JACINTO LARA NORTE CASA 08-09, PARROQUIA UNION, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, que mide DIECISEIS METROS (16,00 mtrs), de frente por VEINTIUN METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (21,50 mtrs), de fondo, con área de construcción de aproximada de SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (64.00 mtrs2) Comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea de dieciséis metros (16,00 Mtrs) con terreno ocupado por Juan José Suarez, SUR: En línea de veintiún metros con cincuenta centímetros (21,50 Mtrs) en línea con terreno ocupado por la ciudadana: Flor María Bracho. ESTE: En línea de veintiún metros con cincuenta centímetros (21,50 Mtrs) con la ciudadana: Yubisay Naileth Bracho; OESTE: En línea de dieciséis metros (16,00 Mtrs) con la calle 8 que es mi frente.-
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: YASMIRA ZORAIDA PINEDA DE CORDERO y YOHANA MARILY SEVILLA PERNALETE, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.035.174 y 15.265.109, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano: MARCOS DE JESUS LOPEZ, ya anteriormente identificado-
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los seis (06) días del mes de Agosto del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Riera Ballesteros.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure
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