REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de agosto de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-003323
SOLICITANTE: CARLOS LUIS GIL GUEDEZ, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°
ABOGADA ASISTENTE DEL SOLICITANTE: FRANCA GUILFRIDA PEREZ, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo los N°. 205.136.-
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: CARLOS LUIS GIL GUEDEZ, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N° .21.053.157., asistido en este acto por la Abogado en Ejercicio FRANCA GUILFRIDA PEREZ, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo los N°. 205.136., quien se manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo y mejoro con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, ubicación, medidas y linderos son los siguientes: EL BARRIO SAN JACINTO, EL KILOMETRO 11, VIA QUIBOR EN LA CALLE 4, ENTRE CARRERA 3 Y CARRERA 4, CASA S/N, PARROQUIA GUERRERA ANA SOTO, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, que mide CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CON SESENTA CENTIMETROS (482,60 mts2), que tiene un área de construcción aproximada de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (120,00 mts2), Comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea de veintiséis metros con diez centímetros (26,10 mts), con terreno ocupado por Rosbely del Valle Montesino González; SUR: En línea de veintiséis metros con diez centímetros (26,10 mts), con terreno ocupado por Cristian Guerrero. ESTE: En línea de Dieciocho metros con sesenta centímetros (18,60 mts), con la Calle 4 que es su frente; OESTE: En línea de Dieciocho metros con sesenta centímetros (18,60 mts), con terreno ocupado por Juana Colmenarez.-
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: YERMAIN JOSUE LOYO YEPEZ y SANTIAGO ALESSANDRE CASTILLO GUIFFRIDA , quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 34.546.766 y 32.352.172, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano: CARLOS LUIS GIL GUEDEZ, ya anteriormente identificado.-
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los once (11) días del mes de Agosto del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Riera Ballesteros.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
|